El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido dos sentencias que aclaran el alcance de las medidas restrictivas adoptadas por la UE contra Rusia a raíz de la invasión de Ucrania. Los dictámenes establecen criterios vinculantes sobre cómo deben aplicarse las sanciones cuando afectan a participaciones empresariales y sociedades vinculadas a personas incluidas en las listas de medidas restrictivas comunitarias. En la primera sentencia, el TJUE considera que la inmovilización monetaria impuesta a una persona sancionada también le impide ejercer los derechos vinculados a participaciones societarias, como asistir o votar en juntas de accionistas. El tribunal argumenta que "los certificados de valores constituyen un fondo" y que votar en una junta implica utilizar este dinero, de modo que permitir el ejercicio del voto equivaldría a autorizar la disposición de los activos congelados.
Los magistrados europeos advierten que, si el sancionado pudiera votar, podría tomar decisiones que influyeran "en el estado y el funcionamiento de la sociedad" y, en consecuencia, "en su valor" y en el precio estimado de las acciones. Esta interpretación busca evitar que los afectados por las sanciones puedan continuar influyendo en la gestión empresarial a través de sus participaciones, a pesar de tener las cuentas bloqueadas. La segunda sentencia aclara uno de los aspectos más complejos de la aplicación de las sanciones: la posibilidad de congelar los bienes de una empresa que no está directamente sancionada cuando su propietario sí lo está. El tribunal advierte que, si solo se congelaran los bienes de los sancionados directos, estos podrían trasladar su dinero a través de sociedades pantalla y eludir así las medidas restrictivas de la UE.
El TJUE establece, además, un umbral claro para aplicar la presunción de control: si una persona tiene el 50% o más de una empresa, se presume que controla no solo la sociedad, sino también sus fondos y recursos económicos. Esta presunción permite a las autoridades nacionales extender las medidas de congelación a los activos de la empresa participada por el sancionado. No obstante, el tribunal reconoce el derecho a recurrir a los tribunales para demostrar que, a pesar de tener la mitad o más de la empresa, en realidad no se dirige la entidad. Esta vía judicial permite a los afectados aportar pruebas que desvirtúen la presunción de control y recuperar la disposición de los activos de la sociedad.
Aplicación a los litigios nacionales
Las dos sentencias responden a consultas planteadas por tribunales de los Países Bajos y Lituania sobre la interpretación de la normativa europea de sanciones. En el caso neerlandés, un juez había pedido aclaraciones sobre los derechos de un sancionado en una junta de accionistas, mientras que el tribunal lituano cuestionaba cómo aplicar las medidas a una empresa participada por una persona incluida en las listas comunitarias. Según ha informado el TJUE en un comunicado, serán ahora los órganos judiciales nacionales los encargados de resolver los litigios concretos de conformidad con el criterio fijado por el tribunal europeo.
Las sentencias establecen una interpretación vinculante para todos los Estados miembros y uniformizan la aplicación de las sanciones en el conjunto de la UE. Estos dictámenes refuerzan la eficacia de las medidas restrictivas adoptadas por Bruselas desde el inicio de la invasión rusa de Ucrania, que incluyen la congelación de activos y la prohibición de poner fondos a disposición de las personas y entidades incluidas en las listas de sancionados. La interpretación del TJUE amplía el alcance de estas medidas para evitar que los afectados puedan eludirlas mediante estructuras societarias complejas.