Los contribuyentes de la Comunidad de Madrid cuentan, como principal novedad en la declaración de la Renta de 2022, una rebaja de medio punto en el tramo autonómico, igual para todos los tramos, sin progresividad en función de los niveles de renta. No obstante, en la página web del Gobierno madrileño se dice que la rebaja beneficia a todos los contribuyentes del impuesto que obtienen rentas del trabajo, pero “principalmente a las rentas más bajas”, ya que casi la mitad de los contribuyentes madrileños tiene rentas del trabajo inferiores a los 17.707,20 euros (en realidad es el doble, pues se refiere al tramo autonómico) y casi un tercio del total son inferiores a 12.450 euros.

Las personas con ingresos inferiores a 12.450 euros, se ahorrarán en el tramo autonómico un máximo de 63 euros en la declaración de este año. Los que estén entre ese dinero y 17.707 euros puedan llegar a guardarse un máximo de 90 euros; en el tramo de 17.708 a 33.007 euros llegarán hasta los 166 euros; en el siguiente, entre 33.008 y 53.407 se ahorrarán en la tributación del tramo autonómico un máximo de 267 euros. A partir de unos ingresos de 53.407 euros, evitarán un mínimo de 267 euros y, el máximo, dependerá de cuánto más ganen. A más ingresos, más ahorro, aunque también más dinero tendrán que abonar en su conjunto a la Agencia Tributaria.

Tras esta rebaja de medio punto, continua como la comunidad autónoma donde menos impuestos se pagan, especialmente las mayores rentas, pues cabe recordar que durante más de diez años ha sido el único Gobierno autonómico que ha eximido a las grandes fortunas de abonar el Impuesto sobre Patrimonio. Este año se ha sumado también Andalucía, y el próximo lo hará Murcia y, además, Galicia ha doblado la exoneración. En 2020, último año publicado por la Agencia Tributario, los 19.500 residentes de la Comunidad de Madrid con mayores patrimonios se ahorran en conjunto unos 1.000 millones de euros por el Impuesto sobre Sociedades, dinero que dejaron de ingresar las arcas autonómicas.

Deflactación del 4,1% de la tarifa

No es el único beneficio que obtendrán los contribuyentes madrileños en este año de elecciones. Para compensar la fuerte inflación del año 2022, un 8,4% de media anual, la Comunidad de Madrid ha deflactado la tarifa un 4,1%, que según las autoridades autonómicas, “equivale al porcentaje equivalente a la subida salarial media del segundo trimestre de 2022 del Instituto Nacional de Estadística. Así, el primer tramo autonómico se eleva de los 12.450 euros a 12.960 (510 euros); el segundo pasa de 17.707 a 18.433 (726 euros), el tercero de 33.007 a 34.360 (1-353 euros) y el último de 53.407 a 55.596 (2.189 euros) lo que supone que en este último, es previsible que absorba a más personas del tramo superior lo que supondría de facto una reducción de la tasa aplicada y de los ingresos a pagar.

Estos descuentos llueven sobre mojado, pues como se recuerda la Comunidad de Madrid, desde 2018 los residentes del territorio ya se vienen ahorrando medio punto, pues hasta la tributación de 2021 por la escala autonómica se abonaba una diferencia del medio punto en todos los tramos, respecto a la escala estatal. Lo que supone que, en esta declaración, los madrileños pagarán un punto menos en la parte que depende del Gobierno autonómico, respecto a lo que se tributará en la parte estatal.

Nuevas deducciones en 2023

Aunque estas deducciones no se aplicarán en la declaración de la Renta 2022, la Comunidad ha aprobado dos paquetes fiscales, una el 16 de marzo y otra el 12 de abril, con nuevas rebajas con carácter retroactivo que se aplican a los rendimientos obtenidos ya este año, aunque se declararán el año próximo. En el paquete de marzo, se incluyen 8 nuevas deducciones: nueva deducción por adquisición de vivienda por nacimiento o adopción, nueva deducción por la obtención de la condición de familia numerosa, nueva deducción por los intereses derivados de préstamos hipotecarios, deducción por nacimiento o adopción, deducción por adopción internacional; deducción por arrendamiento de viviendas, deducción por cuidado de menores de tres años y equiparaciones de los menores vinculados por tutela o acogimiento familiar a los hijos o descendientes.

En el segundo paquete, de abril, se añaden otras seis deducciones: deducción por cuidado de ascendientes, por gastos derivados del arrendamiento de viviendas; por gastos educativos, por cuidado de hijos menores de tres años, mayores dependientes y personas con discapacidad; por el pago de intereses de préstamos a estudios de grado, máster y doctorado y por inversión en la adquisición de acciones y participaciones sociales de nuevas entidades o de reciente creación. Unas deducciones y bonificaciones que vienen a sumarse a las que ya existen y se aplican hace tiempo.