La Agencia Tributaria remitirá antes de que termine la campaña de la Renta, pero en los últimos días, cartas a aquellos contribuyentes que en ese momento no hubiesen presentado la declaración y que, en opinión de Hacienda, están obligados a hacerlo, según fuentes de la Agencia estatal. Se trata, por tanto, de mensajes amables e informativos, de carácter recordatorio, ante la posibilidad de que a algún contribuyente se le haya podido olvidar el trámite fiscal o, incluso, que tengan confusión con el plazo de entrega que finaliza el 30 de junio (27 de junio si el resultado es ingresar con domiciliación en cuenta). Es la primera vez que se remitirán este tipo de cartas advirtiendo del despiste al contribuyente.

La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) quiere evitar con esta campaña de información el engorroso trámite de, una vez terminado el plazo legal, remitir requerimientos para la presentación de la liquidación. Si consigue con el envío de misivas que algunos despistados finalmente cumplan con los plazos, ganarán los contribuyentes que se evitan las sanciones, pero también Hacienda que recibirá antes el dinero (si sale a pagar) y se evitará los costes de la gestión que suponen los requerimientos. Sin olvidar, que tiene cuatro años para hacer el requerimiento, pues pasado ese tiempo, la obligación prescribe y ya no se podrá sancionar. De momento, la AEAT está valorando cuándo se enviarán las cartas, pues no puede ser muy pronto para evitar herir susceptibilidades de los clientes que sencillamente dejan para el final la declaración. Pero tampoco muy tarde, ya que impediría cumplir con el trámite fiscal a tiempo.

Obligación de declarar

Además, existe cierto desconocimiento de algunos contribuyentes que consideran que, si no les sale a pagar, no es necesario presentar la liquidación. Cabe recordar que este año están obligados a presentar la autoliquidación de la Renta aquellas personas con ingresos anuales superiores a 22.000 euros percibidos de un solo pagador o 14.000 euros de varios pagadores. O si se reciben hasta 1.600 euros por rendimientos de capital mobiliario obtenido con intereses bancarios, dividendo, venta de acciones… Si se cumplen con estos requisitos, antes del 30 de junio se deberá depositar en la Agencia Tributaria la declaración, salga a pagar o a devolver.

Si finalmente se pasa el plazo y no se hace la declaración, la posible sanción dependerá de tres factores: el tiempo que se tarde en presentar la declaración una vez cerrada la campaña de Renta; si el resultado sale a devolver o a pagar y, finalmente, si la presentación de la declaración se hace de forma voluntaria o el contribuyente ya ha recibido un requerimiento instando a que cumpla con el trámite de la autoliquidación. Sin duda, el peor de los escenarios es que la AEAT haya detectado que no se ha declarado, pues enviará un requerimiento para que se presente la declaración o se justifique por qué no se ha hecho y abrirá un proceso sancionador.

¿Qué pasa si sale a pagar?

Si además sale a pagar, la cosa se complica. Primero se deberá liquidar la deuda más los intereses de demora que se fijan en los presupuestos generales y, además, se tendrá que hacer frente a una sanción que puede ir del 50% al 150% de la deuda en función del perjuicio económico causado al Fisco y de si el contribuyente es reincidente, es decir, haya cometido otras infracciones tributarias. Si sale a devolver, la cosa es más liviana, pues se trata de una infracción leve. La sanción será de 200 euros si se ha producido ya un requerimiento y si se paga sin el requerimiento se reduce a la mitad, 100 euros.

Pero ¿qué sucede si sale a pagar y Hacienda no ha hecho el requerimiento? Pues que el contribuyente tiene la opción de presentar fuera de plazo la autoliquidación, lo que evitará la sanción, aunque a cambio deberá abonar un recargo. Así, se aplica un porcentaje del 1% en el primer mes después de acabado el plazo de la declaración; es decir, en julio. Por cada mes que pase, se añadirá otro 1%, lo que significa que si se presenta en agosto, el recargo será del 2% y así, hasta el año. Si se presentase a partir del 1 de julio de 2024, el recargo será del 15% más los intereses de demora. Una gestión compleja que Hacienda quiere evitarse, pues aunque no obtenga sanciones, liberará a muchos funcionarios de esta engorrosa labor de seguimiento de los procesos abiertos.

Datos provisionales de la campaña de Renta

A 5 de mayo, habían presentado 6,7 millones de contribuyentes su autoliquidación por internet, según datos de la AEAT, lo que suponen un 5,9% más respecto a las cifras del pasado año en las mismas fechas, teniendo en cuenta, además, que la presente campaña ha comenzado cinco días más tarde. En línea con esa aceleración de las presentaciones, las declaraciones con solicitud de devolución, un total de 5,43 millones suben un 9,4% y las devoluciones practicadas por la Agencia crecen un 10,3%, alcanzando  a 3,98 millones de contribuyentes, por un importe de 2.616 millones de euros (el 8,4% más). De esta forma, hasta el 5 de mayo se ha abonado el 73,3% de las solicitudes de devolución presentadas y el 62,5% de los importes solicitados.