La campaña de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril de 2026 y, quien más, quien menos, ya está repasando de que beneficios fiscales puede disfrutar para reducir el importe total que deberá abonar a la Agencia Tributaria. El plazo para presentar la declaración se ha fijado para el 30 de junio de 2026. 

No están obligados a declarar quienes tengan un solo pagador y cobren menos de 22.000 euros o los contribuyentes que cobren el SMI, es decir, 16.576 euros anuales. Pero para los contribuyentes que sí deben pasar cuentas con Hacienda, hay algunos alivios a tener en cuenta. Las antiguas y las novedades de la campaña de 2026. Entre estas últimas destaca, por ejemplo, las deducciones por la adquisición de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de recarga.

Pero, ¿qué pasa con los seguros del hogar? Se mantiene activa la deducción por el seguro del hogar vinculado a la hipoteca, que puede superar los 1.000 euros y alcanzar hasta 1.356 euros anuales.

Los propietarios de vivienda con seguro de hogar vinculado a su hipoteca podrán aplicar una deducción superior a los 1.000 euros en la declaración de la renta de 2026. Hacienda ha corroborado que esta desgravación seguirá vigente en para el impuesto de la renta de las personas físicas (IRPF) correspondiente al ejercicio de 2025.

No obstante, hay que cumplir una serie de requisitos. El más importante: la compra de la vivienda deberá ser anterior a 2013 y la hipoteca deberá estar aún vigente. Además, el seguro del hogar vinculado a la vivienda no tendrá que haber cambiado de entidad financiera. Eso siempre que estemos declarando la vivienda habitual; no es factible para las segundas residencias. 

No es posible desgravar el 100% del seguro del hogar. Solo se puede incluir la parte vinculada a la hipoteca, es decir, aquella que cubre riesgos básicos que protegen el valor del inmueble frente a siniestros como incendios, inundaciones o daños estructurales. Las coberturas adicionales o servicios extra quedan fuera de la base deducible.

Imagen de una trabajadora haciendo teletrabajo | ACN
Imagen de una trabajadora haciendo teletrabajo | ACN

Para los autónomos con teletrabajo

La existencia de un seguro del hogar también es un elemento a tener en cuenta para los autónomos. Los trabajadores por cuenta propia que realicen su labor profesional en el hogar pueden revisar las normas de hacienda para el IRPF. 

En estos casos, Hacienda solo permitirá deducir el gasto que acarrea el seguro del hogar cuando el autónomo trabaje en su casa. Además, solamente se podrá deducir un porcentaje de la prima, que será el mismo en el que resulte afectada la vivienda por la actividad laboral. Es decir, el correspondiente a la parte de la vivienda en la que desarrolle su actividad.

Oficinas o talleres

Algunos gastos relacionados con el lugar en el que el autónomo desempeña su actividad también son susceptibles de ser deducibles en el IRPF. Este es el caso de los seguros de las oficinas, despachos y agencias, los comercios, los talleres, los locales de hostelería y ocio, las academias, las clínicas y otros inmuebles similares.

Las primas de este tipo de seguros para negocios se pueden deducir en su totalidad en la declaración de la renta, siempre y cuando estos seguros estén relacionados de forma directa con la actividad profesional del autónomo.