El gobierno de Pedro Sánchez da marcha atrás y elimina la obligación de que los parados presenten la declaración de renta. Así se había decidido en 2024 y se debía aplicar en el ejercicio de 2025, o sea, en la campaña de la renta de 2026, pero, finalmente, esta nueva noma no entrará en vigor.
Según publica el Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles, los desempleados no estarán obligados a presentar la declaración de renta: podrán hacerlo si quieren, pero no estarán sujetos a la obligación si no han recibido otros ingresos.
Es una de las medidas que se ha incluido en el macrodecreto de la subida de las pensiones, que también establece la prórroga del salario mínimo interprofesional (SMI) y del sistema de módulos para los autónomos, entre muchas otras disposiciones.
Como indican en el BOE, el gobierno español argumenta que la eliminación de la obligatoriedad "persigue evitar que, a través de una norma propia del ámbito social, como es la Ley General de la Seguridad Social, se produzca una modificación de las obligaciones tributarias de las personas beneficiarias de prestaciones por desempleo".
Se añade que "resulta así necesaria la supresión de esta obligación de presentar declaración por IRPF a los beneficiarios de la prestación por desempleo, pues su alcance actual no supone solo una obligación formal. Ello excede la intención de la norma, que inicialmente fue la de dotar de una fuente adicional de información a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo".
A raíz de esta decisión, se han suprimido dos apartados de la Ley General de la Seguridad Social que se incluyeron en la última reforma del subsidio de paro de 2024 y que obligaba a los beneficiarios de prestaciones por desempleo a realizar la declaración de renta. Esta medida generó polémica en su momento, especialmente entre los que cobran el paro. Ahora, el ejecutivo reconoce que la obligatoriedad “supondría un incremento innecesario de la carga administrativa para la persona trabajadora”.
En el BOE precisan que “es oportuno que esta disposición se apruebe con anterioridad al cierre del ejercicio fiscal 2025”, para que los ciudadanos puedan tener conocimiento de la medida “con la debida antelación, así como para que los organismos tributarios puedan planificar adecuadamente los trabajos previos al inicio de la campaña de renta 2025”.
El macrodecreto incluye otras muchas medidas como la prórroga del salario mínimo interprofesional de 2025, actualmente de 1.184 euros brutos al mes, hasta que se acuerde un nuevo SMI por parte del Gobierno.
El Ministerio de Trabajo volverá a reunir a los agentes sociales después de las fiestas navideñas para continuar negociando su subida para 2026, que será con carácter retroactivo desde el 1 de enero. De esta manera, el salario mínimo empezará 2026 en 1.184 euros al mes por catorce pagas, la misma cifra que en 2025, y posteriormente se ajustará al alza pactada con efectos retroactivos desde el 1 de enero al igual que sucedió con la subida de este año, que se aprobó a principios de febrero.
