Las entidades financieras, en su afán de complacer a los colectivos sénior, tienen por costumbre adelantar el pago de las pensiones a finales de mes, a pesar de que la Seguridad Social abona las prestaciones a mes vencido. El objetivo de esta medida que aplican los bancos en España es hacer compatible el ofrecer un mejor servicio y contribuir a la protección del colectivo sénior.
En el caso del mes en curso, abril, la mayoría de las pensiones se cobrarán del miércoles 22 al lunes 27 de abril. Este mes de abril los pagos se van a extender más de lo habitual, dado que el 25, la fecha que normalmente eligen muchas entidades para proceder al abono en cuenta de las pensiones, cae en sábado. No obstante, algunos bancos realizan los ingresos independientemente del calendario, sin importar si es laborable o festivo, pero otros trasladan los abonos al anterior o al posterior día hábil.
Como es habitual, los clientes de Bankinter, Unicaja y Caja de Ingenieros serán los primeros en recibir el ingreso de su pensión en su cuenta bancaria. Lo harán el miércoles 22 de abril.
El jueves día 23 es la jornada elegida para el pago en el caso del Banco de Santander.
Otros bancos como Caixabank, Ibercaja, Banco Sabadell y Cajamar adelantan el ingreso al viernes día 24.
Por su parte, BBVA, ING y Kutxabank procederán al pago el 25 de abril, sin importar que en esta ocasión caiga en sábado. Estas entidades bancarias poseen el compromiso de pagar el día 25, sin importar si es día hábil, fin de semana o festivo.
Finalmente, Abanca realizará el pago el lunes 27. Aunque el banco gallego tiende a pagar el 25, al ser fin de semana, pasa el ingreso al siguiente día hábil. No obstante, esta entidad además pone a sus clientes una serie de requisitos para poder acceder al adelanto, como no realizar reintegros en ventanilla de oficina por importe inferior a 1.000 euros entre los días 25 y 3 de cada mes y disponer de una tarjeta de débito. De lo contrario, el pago de las pensiones se retrasa al día 30 de abril.
Sobre la fórmula del pago, hay dos sistemas:
- Cuenta corriente o libreta de ahorro restringidas, de titularidad del perceptor y necesariamente individual, con la única finalidad del abono de la pensión y de disposición exclusiva por el titular
- Cuenta corriente o libreta de ahorro ordinaria, de titularidad del perceptor, que podrá ser individual o conjunta, figurando el beneficiario o, en su caso, su representante legal como uno de sus titulares.
¿Qué hacer si no se ha recibido la pensión?
La falta de pago de la pensión puede generar problemas económicos graves. En caso de que exista algún problema en el abono de la pensión, es necesario dirigirse a la entidad financiera y al Instituto Nacional de la Seguridad Social, el organismo encargado de la gestión.
Si llegado el 4 de mayo de 2026 aún no se ha recibido la pensión correspondiente a abril, el primer paso a tomar es ponerse en contacto con la entidad bancaria para verificar si existe alguna incidencia operativa y revisar los datos personales y la información de tu cuenta bancaria.
Si el banco confirma que no ha habido ningún problema y que no ha recibido la transferencia, entonces corresponde presentar una reclamación ante la Seguridad Social. Además, se puede presentar una reclamación administrativa si no se recibe respuesta satisfactoria.
Además, es posible reclamar atrasos si se ha recibido un pago inferior al que te corresponde. Si se detecta que el cálculo de la pensión es erróneo y esto ha afectado a los pagos personales, se puede presentar una reclamación ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.