El Consejo de Ministros, recientemente, ha dado el visto bueno a la reforma de la jubilación flexible, una de las medidas que el Gobierno tenía pendientes en el ámbito de las pensiones y que se había comprometido a desplegar en el marco de la última reforma del sistema. El texto, que se ha tramitado como un real decreto sin necesidad de pasar por el filtro parlamentario, modifica las condiciones para compatibilizar el cobro de una pensión con el ejercicio de una actividad profesional a tiempo parcial.
Los cambios más significativos afectan a los autónomos, que hasta ahora no podían acogerse a esta modalidad, y a los jubilados que optan por la fórmula pasados seis meses desde su jubilación. La norma, que entrará en vigor en dos meses, responde al objetivo de incentivar las fórmulas voluntarias de trabajo y pensión. El Ejecutivo de Pedro Sánchez confía en que con estas medidas más personas opten por alargar su vida laboral de manera gradual, reduciendo así la presión sobre el sistema de pensiones en un contexto de envejecimiento de la población.
Uno de los cambios más relevantes de la reforma es la eliminación del plazo mínimo que había que esperar desde la fecha de jubilación para poder solicitar la jubilación flexible. Hasta ahora, los pensionistas debían respetar un período de espera antes de poder reincorporarse al mercado laboral a tiempo parcial. Con la nueva norma, cualquier jubilado podrá acceder a esta modalidad en el momento que lo desee, una vez reconocida la pensión, sin necesidad de cumplir ningún plazo mínimo. Esta modificación simplifica el procedimiento y ofrece más libertad a los jubilados para decidir cuándo quieren retomar su actividad laboral. La medida ha sido bien recibida por las organizaciones sindicales, que consideran que eliminar trabas burocráticas es esencial para fomentar la jubilación flexible.
Las jornadas laborales se amplían y los porcentajes de pensión aumentan
Otro aspecto destacado de la reforma es la ampliación de la horquilla de jornadas laborales que se pueden realizar en jubilación flexible. Los trabajos a tiempo parcial por cuenta ajena podrán situar las jornadas entre el 33% y el 80% de la jornada completa, mientras que hasta ahora el límite inferior era del 25% y el superior del 75%. Esta ampliación ofrece más posibilidades de conciliación tanto para los trabajadores como para las empresas. En cuanto a la pensión que se puede cobrar, la norma establece que la cuantía se reducirá de manera proporcional a la jornada realizada.
Así, si el jubilado trabaja un 80% de la jornada, cobrará un 20% de la pensión. No obstante, la reforma introduce un incentivo adicional para aquellos que accedan a la jubilación flexible transcurridos como mínimo seis meses desde su jubilación. En ese caso, el porcentaje de pensión que se puede percibir se incrementa: un 25% adicional para jornadas entre el 55% y el 80%, y un 15% adicional para jornadas entre el 33% y el 55%.
Una de las novedades más destacadas de la reforma es la inclusión de los trabajadores autónomos como beneficiarios de la jubilación flexible. Hasta ahora, esta modalidad solo estaba reservada a los asalariados, lo que generaba una situación de desigualdad que el colectivo autónomo llevaba años reclamando. Con la nueva norma, los autónomos podrán compatibilizar el desarrollo de su actividad profesional con el cobro de una parte de la pensión. En el caso específico del trabajo autónomo, el pensionista podrá percibir hasta un 25% de la pensión mientras ejerza su actividad. Esta medida equipara las condiciones de los autónomos con las de los asalariados en el ámbito de la jubilación flexible, y responde a una de las reivindicaciones históricas del colectivo. Los sindicatos han celebrado la medida, que consideran un paso importante para mejorar las condiciones laborales de los autónomos.
Solo los jubilados forzosos podrán recalcular su pensión
Uno de los debates más intensos que ha acompañado la tramitación de esta reforma ha sido la cuestión del recálculo de la pensión con los nuevos períodos trabajados. Inicialmente, el Gobierno había previsto que la pensión no se recalculase en ningún caso, lo que habría supuesto que los jubilados que optasen por la jubilación flexible no verían incrementada su prestación futura aunque hubiesen trabajado más años. Los sindicatos se opusieron firmemente a esta medida, argumentando que penalizaba a aquellos que voluntariamente decidían alargar su vida laboral.
Finalmente, el Ejecutivo ha aceptado una excepción para los jubilados forzosos, es decir, aquellos que se han visto obligados a jubilarse de manera anticipada e involuntaria, principalmente por despidos o expedientes de regulación de empleo. En estos casos, el nuevo período trabajado se tendrá en cuenta para recalcular la pensión. Para el resto de jubilados, el recálculo no será posible, y la pensión se mantendrá en la cuantía que tenían en el momento de la jubilación. Esta medida busca proteger a los trabajadores que no han podido elegir libremente la fecha de su jubilación.
La reforma de la jubilación flexible es una de las medidas que el Gobierno se comprometió a desplegar en el marco de la última reforma de las pensiones, que se negoció con los agentes sociales. La norma, por tanto, es fruto de un acuerdo entre el Ejecutivo, los sindicatos y las patronales, que consensuaron las líneas generales de la reforma. Este acuerdo demuestra que el diálogo social sigue siendo una herramienta eficaz para abordar las reformas estructurales del sistema de pensiones, un ámbito en el que el consenso es especialmente importante para garantizar la viabilidad del sistema a largo plazo.
Con la publicación del real decreto, el Gobierno culmina el despliegue de la reforma de pensiones, que ha ido introduciendo cambios en el sistema de ingresos (con la subida de las bases máximas de cotización), en el sistema de cálculo de las pensiones (con el nuevo factor de solidaridad) y en las fórmulas de jubilación flexible. La medida, junto con las que ya están en vigor, contribuye a adaptar el sistema a la nueva realidad demográfica y laboral, caracterizada por el envejecimiento de la población y la necesidad de alargar la vida laboral.
