Hay diversas maneras de conseguir ingresos adicionales una vez jubilado, ya sea con actividades o con inversiones. A los que no les alcance el importe de la pensión, existen diversas opciones por si necesitan un dinero extra.
En el caso de las inversiones, es necesario disponer de fondos, y en de las actividades, se deben tener ganas, experiencia y tiempo libre, pero evitando las incompatibilidades que establece la actual normativa. El teletrabajo abre muchas posibilidades. Estas son algunas opciones para ganar un dinero extra:
• Inversiones inmobiliarias. Invertir en vivienda para destinarla a alquiler acabará generando unos ingresos pasivos recurrentes. Es aconsejable planificar con tiempo estas operaciones, preferiblemente años antes de llegar a la jubilación. Y es posible invertir individualmente o colectivamente. Otra opción puede ser alquilar habitaciones.
• Fondos de inversión y acciones. Si reparten dividendos con cierta frecuencia pueden suponer un complemento para el pensionista. Pero es recomendable estar bien asesorado y minimizar los riesgos.
• Bonos del Estado. Proporcionan una rentabilidad en un plazo predeterminado y sin riesgo.
• Préstamos entre particulares. Las plataformas peer-to-peer permiten prestar dinero a particulares con intereses.
Pero también hay actividades:
• Creación de contenidos. Redactar artículos, libros, elaborar traducciones, materiales audiovisuales o impartir cursos o conferencias de forma esporádica. Tener experiencia en un determinado campo es clave para producir contenidos de interés.
• Asesoramientos. La experiencia acumulada durante años en una profesión o en determinados campos es un activo.
• Monetización de contenidos digitales. Aunque parezca una actividad de jóvenes, hay adultos y jubilados muy activos con sus blocs o canales. Las visitas y la publicidad se pueden monetizar.
• Arte. Si se tiene pasión, además de destreza, por la pintura o por cualquier artesanía, se puede conseguir dinero extra.
• Venta de productos hechos a mano. Las manualidades se pueden vender online o en mercadillos locales.
• Trabajos domésticos. Por ejemplo, cocinar a domicilio, cuidado de niños, mascotas o labores puntuales.
¿Qué requisitos se deben cumplir?
Antes de realizar actividades remuneradas estando jubilado hay que tener en cuenta las restricciones que impone la ley. Nunca está de más consultar a un experto. Tal como apunta un informe del BBVA o la propia web de la Seguridad Social, hay unos requisitos:
• Estas actividades se deben realizar por cuenta propia.
• Los ingresos obtenidos no deben superar el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en su cómputo anual. Este, para el año 2025, asciende a 16.576 euros.
• Aquellos que las lleven a cabo no tendrán que cotizarlas a la Seguridad Social. Por lo tanto, tampoco generan derecho a prestación por parte de este organismo.
• Desempeñar cualquiera de estas actividades, hace que se deban mantener al día todas las obligaciones tributarias que generen. O sea, hay que tenerlas en cuenta en el momento de realizar la declaración de la renta.