Cuando faltan menos de diez días para que entre en vigor la Ley de la Eutanasia en todo el Estado español, los obispos de Catalunya han emitido un comunicado reafirmando la posición de la Iglesia católica sobre el tema, "desde la convicción de que la vida es un don de Dios que hay que respetar".

Por eso, piden "la promoción de las curas paliativas y el despliegue efectivo de la ley de dependencia, dando realmente cobertura a las necesidades de los enfermos y sus familias", y proponen que las personas con las mismas creencias firmen un Documento de Voluntades Anticipadas donde pueden rechazar tanto la eutanasia como las acciones destinadas a prolongar el proceso de muerte.

El Documento de Voluntades Anticipadas

En el comunicado, remarcan que, ante las situaciones de sufrimiento y de final de la vida", es clave la atención integral, abordando sufrimiento físico, psicológico, espiritual y social, y no prolongando la vida por todos los medios posibles". Reivindican, pues, otras soluciones alejadas de la muerte "directa e intencional" que no son consideradas eutanasia, como la sedación a mitigar el dolor y la retirada o no aplicación de tratamientos desproporcionados, inadecuados o fútiles.

"Es deseable reflexionar desde los mismos valores y creencias, y dejar constancia por escrito en el Documento de Voluntades Anticipadas, donde se puede especificar tanto el rechazo a la eutanasia como las acciones destinadas a prolongar el proceso de muerte", explican. Las mismas parroquias facilitarán próximamente este documento que permitirá dejar por escrito las preferencias. "Además, recomendamos a los profesionales sanitarios que se planteen su derecho de objeción de conciencia ante esta ley", concluyen.

 

La Ley española de la Eutanasia

El 18 de marzo de este año, el Congreso de los Diputados aprobó la Ley Orgánica 3/2021 de regulación de la eutanasia. A partir del próximo 25 de junio, cuando entre en vigor, podrán pedir la ayuda necesaria las personas mayores de 18 años que tengan la nacionalidad española o vivan en el estado español de manera legal y que cumplan los siguientes requisitos:

  • Poder expresar libremente y por escrito su voluntad de recibir una muerte asistida.
  • Tener una "enfermedad grave, crónica e invalidante" o una "enfermedad grave e incurable" que provoquen un sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable.

Las personas que cumplan los requisitos tendrán que formular dos solicitudes de manera voluntaria y por escrito, dejando una separación de al menos 15 días naturales entre las dos solicitudes. El médico responsable podrá acelerar los trámites si considera que hay un riesgo inminente que el paciente pierda las facultades para manifestarse.

 

Imagen principal: El obispo auxiliar de Barcelona, Sergi Gordo, junto con otros mosenes delante de la cripta donde descansa a Antoni Gaudí. / ACN