Inspección de Treball ha sancionado con 30.000 euros a la panadería The Bakers, situada en Barcelona, por emitir publicidad considerada sexista y atentar contra la dignidad de las trabajadoras. La multa, calificada como infracción muy grave, deriva de una denuncia presentada por CCOO. En la resolución Treball concluye que la empresa vulneró el respeto a la intimidad y a la dignidad de las personas trabajadoras. El dictamen detalla que en una pantalla del local se proyectaban imágenes de mujeres con enfoques reiterados en zonas erógenas, posiciones de carácter provocativo y mensajes con claras incitaciones a la sexualidad. Según el organismo inspector, estos contenidos no guardaban ninguna relación con los productos o servicios que se pretendían anunciar, sino que tenían como único objetivo la cosificación del cuerpo femenino.
Inspección de Treball rechaza todas las alegaciones presentadas por la empresa, al considerar que no desvirtúan los hechos constatados durante la investigación. En este sentido, critica que The Bakers defendiera que las mujeres aparecían vestidas con bañadores o bikinis, cuando en realidad, según la resolución, lo hacían con ropa interior de carácter sugerente, mostrando de manera reiterada partes del cuerpo con una clara carga erótica, tal como recoge ACN.
El informe también pone de relieve las contradicciones en la argumentación de la compañía, que justificó la presencia de mujeres de estética erótica como “personajes femeninos”, mientras negaba que el contenido incluyera exposición de zonas erógenas, lenguaje sexualizado o gestos que pudieran menoscabar la dignidad humana. La empresa llegó a asegurar que se trataba de imágenes “discretas” y no degradantes ni discriminatorias, una afirmación que la Inspección desmonta en su resolución. Además, el documento subraya que esta publicidad afectó directamente la dignidad de las trabajadoras del local, que se vieron obligadas a desarrollar su trabajo expuestas a posibles comentarios o actitudes inadecuadas por parte de la clientela, provocados exclusivamente por el contenido del vídeo publicitario. La sanción es fruto de un expediente abierto a raíz de la denuncia sindical y de una actuación inspectora realizada durante el verano en esta panadería. La resolución definitiva se notificó el pasado 15 de diciembre, y la empresa dispone de un plazo de 30 días desde la notificación para abonar el importe de la multa.
Vídeos sexuales haciendo pan
Esta sanción pone punto final a una polémica que estalló hace meses a raíz de una queja presentada ante el Institut Català de les Dones (ICD) por la proyección de un vídeo considerado sexista en el interior de una panadería de la calle de Entença, en Barcelona, muy cerca de varios centros escolares. Las imágenes, visibles también desde el exterior del local, mostraban a mujeres en ropa interior simulando la elaboración de pan en escenas de clara carga sexual. La denuncia partió de una madre de alumnos de una escuela cercana, después de que varios niños explicaran en casa la sorpresa e incomodidad que les había generado el contenido
Tras analizar el caso, el ICD concluyó que el vídeo cosificaba el cuerpo de las mujeres y podía fomentar estereotipos discriminatorios, motivo por el cual trasladó el expediente a otros organismos competentes y ahora ha llegado la sanción de Treball, de manera paralela. A pesar de las peticiones formales para que se retirara el material, los responsables del local se negaron, alegando libertad de expresión y comparándolo con otros anuncios publicitarios. Esta negativa acabó derivando en la apertura de un procedimiento sancionador por parte de la Agencia Catalana del Consum, que finalmente ha impuesto la multa por vulnerar la normativa que prohíbe la publicidad discriminatoria y sexista.