El Tribunal Supremo (TS) ha ordenado al Gobierno "la urgente adopción de medidas" en relación con los más de un millar de menores no acompañados que están en Canarias y que están interesados en solicitar asilo. En caso de incumplimiento, el alto tribunal español advierte de "la imposición de medidas coercitivas a los que sean responsables de la adopción de las medidas", según sostiene la sala del contencioso-administrativo en una resolución comunicada este jueves. En el auto, el tribunal informa de que, después de la vista celebrada el día 29 de mayo, constata el "claro incumplimiento" de la medida cautelar acordada el 25 de marzo pasado al no haberse evaluado a ningún menor en los dos meses transcurridos, ni se ha elaborado una relación completa y precisa de estos, con desconocimiento de los derechos que la legislación relativa a la protección internacional reconoce a los solicitantes de asilo, muy especialmente a los que se encuentran en situación de "vulnerabilidad y necesidad".
Por todo eso, el Supremo ha ordenado al gobierno del PSOE que "en el plazo improrrogable de 30 días se dote en las oficinas administrativas encargadas de la tramitación de estas solicitudes de protección internacional de los medios personales y materiales necesarios para que sean formalizadas, tramitadas y resueltas en un plazo razonable, sin que pueda transcurrir más de 6 días entre la manifestación de la voluntad de solicitar la protección internacional y la formalización de la solicitud". También que "en el plazo improrrogable de 15 días se articule en la forma que resulte más eficaz la colaboración con la Comunidad Autónoma de Canarias mediante la puesta a la disposición de la misma de los medios y recursos materiales, personales y económicos necesarios para garantizar el acceso de estos menores al completo sistema material de acogimiento que deriva de su estatuto de solicitantes de protección internacional, con precisión del calendario de reuniones".
Multas o responsabilidades penales
Además, el TS exige "la identificación de los responsables del cumplimiento de las medidas acordadas en cada uno de los ministerios afectados, presumiéndose, en otro caso, que serán los que sean titulares del correspondiente departamento ministerial". Y finalmente, que se informe la sección 4.ª del Supremo "cada 15 días hasta su completo cumplimiento, con advertencia de que se adoptarán las medidas coercitivas previstas en la ley (art. 112 LJCA) en caso de no ser atendido este requerimiento". Es decir, el tribunal puede imponer multas a funcionarios y responsables políticos e incluso deducir testigo de particulares para exigir responsabilidades penales.
Conflicto entre comunidades
Esta orden llega después de un tira y afloja del gobierno de Pedro Sánchez con las comunidades autónomas, especialmente las gobernadas por el PP, que no quieren acoger a más menores no acompañados. Junts per Catalunya pactó con el gobierno socialista un reparto "con criterios más justos y equitativos".
En la resolución, los siete magistrados insisten que "la administración estatal ha incumplido dos requerimientos", y que "ni se ha implicado eficazmente a garantizar el acceso de estos menores a las condiciones de acogida que resultan de su competencia, ni ha adoptado medidas eficaces para corregir la masificación en la tramitación de solicitudes, circunstancia que se erige en presupuesto del anterior”.
Además, el tribunal manifiesta que "el conjunto de derechos que tiene que ser garantizado a estos menores son competencia exclusiva del Estado". Y concluye que "tales derechos, que no son solo los de contenido material o asistencial atendidos en este momento por la comunidad autónoma canaria, continúan sin ser efectivamente reconocidos a estos menores por parte de la Administración del Estado o no lo son en su extensión debida, a pesar de tratarse de personas en evidente situación de vulnerabilidad y necesidad". Por todo esto, exige una actuación urgente hacia estos menores.