La Conselleria de Justicia de la Generalitat ha puesto en marcha un registro de parejas estables o parejas de hecho. Con esta iniciativa se quiere concentrar las inscripciones que, hasta ahora, se hacían de forma dispersa y desordenada. Es importante tener un buen registro de todas estas parejas porque es uno de los requisitos principales para poder cobrar las pensiones de viudedad si no están casados.

El conseller de Justicia, Carles Mundó, ha explicado en rueda de prensa que la ley española de Seguridad Social establece dos condiciones a la persona que se queda viuda: acreditar un mínimo de cinco años de convivencia en pareja, y que cuando el cónyuge muera, haga dos años de la inscripción como pareja a algún registro.

Hasta el momento, para hacer oficial una pareja de hecho, se tenía que hacer delante de un notario o en algunos ayuntamientos (una cincuentena de consistorios abrieron este servicio, pero actualmente sólo se mantienen veinte). El objetivo del nuevo registro es facilitar esta actividad a las parejas y liberar a los ayuntamientos de esta tarea.

Asegurar el acceso universal a un registro de parejas estables

Con la creación del Registro de parejas estables de Catalunya, el Departament de Justicia asegura que todos los ciudadanos tienen acceso a un registro de parejas estables, con independencia de su lugar de residencia. Hasta ahora, en cambio, los únicos registros eran de alcance municipal y sólo habían creado un número reducido de ayuntamientos.

El Registro de parejas estables de Catalunya nace con la intención de concentrar toda la información sobre parejas estables. Aparte de las personas que se inscriban directamente, el Registro también podrá incorporar la información sobre las parejas inscritas en los registros municipales y constituidas ante notario. La existencia de este registro dificulta el fraude y facilita la obtención de los certificados.

Diferencias con las parejas casadas

La mayor parte de las diferencias entre los matrimonios y las parejas estables ponen de manifiesto, en aspectos de la legislación estatal referentes a la fiscalidad, los permisos laborales e inmigración.

parejas hecho y parejas casadas

¿Quién se puede inscribir?

El Registro está a disposición de todas las personas que cumplen los requisitos que define el derecho civil catalán. El libro segundo del código civil de Catalunya establece que la pareja estable mantiene una convivencia con condiciones equivalentes a las de un matrimonio. La legislación civil identifica tres posibles supuestos por acreditarlo. Sólo hace falta que se cumpla uno. El primero, que la convivencia dure más de dos años ininterrumpidos. El segundo, que la pareja haya tenido un hijo en común. Y el tercero, que las dos personas hayan formalizado la relación ante notario.