Este pasado mes de junio ya aplicaron cambios para pasar la ITV, la revisión obligatoria que tienen que pasar los vehículos en el estado español. Ahora, en enero, llegan otras novedades y, básicamente, habrá que llevar más papeles encima.

Si hasta ahora era obligatorio mostrar la ficha técnica y el permiso de circulación, ahora también se tendrá que enseñar el DNI (o una fotocopia) del propietario del vehículo y mostrar que el seguro obligatorio está en vigor. Tendrá que estar, como mínimo, a terceros.

Además, a partir del nuevo año la ITV también se adaptará a las nuevas tecnologías y se comprobará el funcionamiento correcto de los asistentes en la conducción, como los sensores o las cámaras del coche. Así pues, si no cumples estos nuevos requisitos, tendrás que volver otro día.

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Más nueva legislación

Desde junio, otro de los principales cambios que ha llegado con la nueva legislación es la modificación en la gravedad del defecto de no funcionamiento del ABS cuando es obligatorio llevarlo. A partir de ahora, que el sistema antibloqueo de frenos presente algún tipo de error pasa de considerarse un defecto leve a un defecto grave. Lo mismo pasa con un posible desprendimiento de los espejos retrovisores, que también se considerará defecto grave. Además, se establece la posibilidad de comprobar los datos del permiso de circulación por medio del Registro General de Vehículos de la Dirección General de Tráfico (DGT) en caso de que este no se presente a la estación ITV.

Los defectos graves generan un rechazo de la inspección e inhabilitan el vehículo para circular por las vías públicas excepto para su traslado al taller. Por eso, esta nueva normativa hará más estricta la revisión.

ITV cartel ACN

Las multas

Por otra parte, la nueva normativa mantiene las multas económicas que puede llevar el hecho de circular por la calle con un coche sin la inspección técnica superada. Así, tener la ITV caducada lleva una sanción económica de 200 euros, tanto si el vehículo está circulando como si está estacionado en el garaje o en la calle.

Además, ser cazado con la ITV desfavorable también supone una multa de 200 euros. En este supuesto, el titular del vehículo está obligado a reparar los defectos graves y volver a la estación de ITV en un plazo máximo de dos meses y solo puede mover el coche para llevarlo al taller.

Finalmente, circular con una ITV negativa, es decir, cuando los desperfectos son tan graves que no se permite abandonar la estación por medios propios, supone una multa de 500 euros.

El ITV y el Brexit

Por su parte, la nueva ITV se adapta al Brexit, por lo cual, a partir de ahora, los vehículos procedentes del Reino Unido que se quieran matricular en España se considerarán modelos procedentes de terceros países. Así, se tendrán que realizar los trámites de importación necesarios, entre otros elementos.

El nuevo manual mantiene las medidas de higiene y prevención en las estaciones de ITV para garantizar que sus instalaciones sean lugares seguros con respecto al coronavirus tanto para los usuarios como para los que trabajan allí.