Los seis mossos acusados de causar la muerte de Andrés Benítez en el barrio del Raval de Barcelona están fuera del cuerpo desde este verano. Cuando el mes de mayo sus abogados llegaron a un acuerdo con la familia y la Fiscalía para evitar el juicio, admitieron una pena de 5 años de prohibición de patrullar y de 2 años sin sueldo y ni trabajo.
A partir de aquel momento se les apartó del cuerpo. Se les retiró la credencial y a efectos prácticos ahora mismo no son Mossos. Pueden trabajar de lo que quieran o de lo que puedan, pero no lo pueden ejercer como agentes de la autoridad.
Al mismo tiempo la Conselleria d'Interior ha archivado el expediente interno que se había abierto contra ellos. El departamento entiende que la sentencia judicial está por encima de la investigación interna a de la policía y por eso ha cerrado el caso. Lo hizo justo después de conocer la sentencia, pero ha trascendido ahora, la víspera del tercer aniversario de los hechos.
Según fuentes de la Conselleria, los seis mossos volverán de aquí dos años al cuerpo y "se incorporarán a tareas de administración", porque la sentencia no les permite patrullar por la calle durante cinco años y por lo tanto, les faltan todavía tres para cumplir esta parte del acuerdo. El pacto judicial preveía que los agentes admitieran el homicidio doloso del qué se los acusaba, por el que tendrán que estar dos años apartados del cuerpo y hacer cursos de formación. Ello incluye una pena de prisión de menos de 2 años que los policías han evitado al no tener antecedentes ninguno de ellos. El acuerdo incluye, también, cinco años sin patrullar por la calle. Asimismo, el pacto preveía el compromiso para cambiar los protocolos de actuación de los Mossos d'Esquadra. También incluía una indemnización de 150.000 euros, 2 años de inhabilitación y 5 sin patrullar.
El expediente se abrió a raíz de la denuncia de la CUP para que los mossos condenados por la muerte de Juan Andrés Benítez sean expulsados del cuerpo. La denuncia de los cupaires argumentaba que los hechos que recoge la sentencia constituyen dos faltas muy graves previstas en el reglamento de régimen disciplinario del cuerpo. Concretamente, una falta por actuación abusiva que implica violencia física o moral y una falta por ocultación o alteración de una prueba. La denuncia sostenía que cometer una falta muy grave comporta la separación del cuerpo de acuerdo con el artículo 10 del reglamento.