La sala de lo penal del Tribunal Supremo ha anulado la condena de 2 meses de prisión por un delito de lesiones impuesta por la Audiencia de Navarra a una mujer que apuñaló a su pareja después de que él la agrediera y la amenazara con matarla y violarla.

El alto tribunal la absuelve y le aplica el eximente completo de legítima defensa y afirma que la reacción fue "proporcionada". "Reaccionó de forma proporcionada a una agresión ilegítima", recoge la sentencia del Supremo. Para la Audiencia de Navarra, en cambio, la mujer no usó "el medio idóneo" para reaccionar a una agresión que también considera ilegítima, y por eso le había aplicado el eximente incompleto y no la absolvía del delito de lesiones.

El Supremo también rechaza el recurso del hombre, condenado por la Audiencia de Navarra a 1 año y 6 meses de prisión por maltrato ocasional y amenazas graves. Una condena que ahora ya se ratifica.

Los hechos

Según la sentencia, el hombre empezó a golpear a la mujer, tirándola al suelo, tirándole del pelo, pisándole la cabeza con la rodilla, mordiéndole la oreja derecha, poniéndole un cuchillo de cocina en el cuello, mientras que la amenazaba con matarla y que aquella noche quizás la violaba.

Aprovechando que el hombre dejó el cuchillo en el suelo, la mujer lo cogió y le causó una herida "de escasa magnitud" en el tórax.