La decisión de mantener las elecciones el 14-F por parte del TSJC no se ha tomado por unanimidad. Está el voto particular del magistrado José Manuel de Soler Bigas que se decanta por aplazar los comicios apelando al derecho a la vida y a la baja participación que puede haber si se mantiene la fecha para la votación.

El magistrado carea los dos derechos y concluye que la situación de pandemia y emergencia sanitaria puede provocar una baja participación que deslegitime los resultados electorales: "la percepción de la ciudadanía, también psicológica, de la situación existente, puede derivar, como ya se ha apuntado, en una merma de la participación electoral, con la posibilidad inherente que se trate de deslegitimar el resultado electoral".

Igual que la resolución de los otros seis magistrados, el voto particular entra en política, más allá de la resolución legal y de las garantias del proceso electoral. En este sentido pone en valor el acuerdo de los partidos políticos al aplazar la fecha de las elecciones: "una mayoría de ellos se ha manifestado públicamente de acuerdo con el aplazamiento de la cita electoral, y ningún partido político con representación en el Parlamento de Catalunya ha comparecido ante este Tribunal para impugnar lo acordado en el Decreto 1/2021, de 15 de enero, al tiempo en que se produce la deliberación, votación y decisión de esta resolución. Dato no negligible en un sistema democrático como el nuestro".

Sobre la Covid-19, el magistrado apunta que el mismo proceso electoral podría llevar a un repunte de los datos de la pandemia: "no es posible descartar, en este momento, que en razón de la interacción y la movilidad social inherentes al proceso electoral, en sus fases decisivas, campaña electoral y jornada electoral, no pueda producirse un repunte de la gravedad de la pandemia, con respecto a contagios, ingresos hospitalarios y muertos".

Y por este motivo el voto particular recoge la legislación sobre el derecho a la vida y a la integridad física; el derecho a la igualdad, "en relación con las personas directamente afectadas en su salud por la pandemia, que un segundo informe emitido en fecha 20 de enero de 2021 por el director de la Agencia de Salud Pública, se estima en torno a las 140.000 ("aisladas o en cuarentena a 14 de febrero", doc. 13, acompañado con el escrito de alegaciones de la Administración demandada); y el derecho a la protección de la salud.