Que la agenda del Parlament de Catalunya para la semana del 23 al 29 de septiembre está vacía. Es el argumento que esgrime el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya para justificar que se escogieran los días 25 y 26 de septiembre para la vista oral del proceso contra Quim Torra, acusado por desobediencia por no haber descolgado la pancarta por la libertad de los presos y exiliados durante la última campaña electoral. La fecha coincide con el Debate de Política General, que cada año tiene lugar a finales de septiembre, y durante el cual el president de la Generalitat expone las líneas maestras de cara al nuevo curso político. 

 

Según el escrito hecho público por el TSJC este martes, no es verdad que "no se haya procurado no interferir en la agenda" de Torra, sino que cuando decidieron el día, "se consultó la agenda del Parlament de Catalunya que, en aquella fecha y todavía hoy, no tenía programada ninguna actividad". Lo cierto es que si se consulta la web de la cámara catalana, dónde los días 25 y 26 están señalados de color azul, que indica que hay sesiones previstas. A su vez, el tribunal expone que en el recurso de forma que presentó el equipo de abogados del president, no se adjunta documentación alguna que justifique valorar una modificación del señalamiento. 

Torra ya dijo que no pediría formalmente un cambio de fecha al TSJC ni al Parlament, pero sí que ha apuntado que en caso de acabar solapándose, se plantea no presentarse a su propio juicio para poder asistir al Debate de Política General. Instantes después de conocerse la determinación del TSJC, el Parlament ha anunciado que el pleno se mantiene para los mismos días, decisión que se ha aprobado con los votos de los partidos independentistas. 

En el mismo documento, se desestima también la parte del recurso referente a la precipitación comn que se fijó el calendario del juicio contra Torra. Se agendó el 31 de julio, dos días antes de comunoicar qué pruebas se aceptaban y cuales se denegaban. Según la defensa, una irregularidad que niega el TSJC. 

1 año y 8 meses de inhabilitación y 30.000€

Durante el juicio el tribunal deberá dirimir si Torra es culpable o no de un delito de desobediencia, tal como denuncia la Fiscalía. 

El pasado 11 de marzo, la Junta Electoral Central puso un ultimátum de 48 horas a torra para retirar esteladas y lazos amarillos de los edificios públicos de la Generalitat, con el argumento de que se vulneraba la neutralidad institucional necesaria durante la cita electoral. El president se saltó la orden de la JEC y presentó un escrito explicando el porqué. Una semana después, el árbitro electoral volvió a instarle a descolgar toda simbología vinculada a la independencia y a los presos y exiliados y ya le advirtió de posibles responsabilidades penales. Finalmente, ante la orden de la JEC a los Mossos de proceder a la retirada de los símbolos, Torra optó por sustituir la pancarta del Palau de la Generalitat por una de similar que cambiaba el lazo amarillo por uno de blanco. 

El ministerio fiscal pide una condena de un año y ocho meses de inhabilitación, además de 30.000€ de multa.