El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha declarado improcedente el despido de Manuel Escribano, un cocinero que perdió su plaza en el Ajuntament de Barcelona tras diecisiete años de servicio por no superar una prueba de conocimientos de catalán de nivel B2. La sentencia, que estima parcialmente el recurso interpuesto por el trabajador, obliga al consistorio a readmitirlo en las mismas condiciones laborales o, en alternativa, a abonarle una indemnización de casi 59.000 euros. La resolución cuestiona el uso de los procesos de selección como mecanismos automáticos de expulsión laboral y subraya que no superar una prueba lingüística en un proceso de estabilización no puede constituir por sí sola causa de despido.

Escribano, natural de Córdoba, fue contratado por el Ajuntament de Barcelona en el año 2007. Tras encadenar varias renovaciones, alcanzó la condición de personal laboral fijo en 2014, ejerciendo únicamente tareas de cocina en los fogones de las instalaciones municipales. La situación se volvió compleja a finales de 2022, cuando el consistorio inició un proceso de estabilización de su plaza mediante un concurso de méritos. Una de las condiciones para consolidar el puesto era acreditar un nivel B2 de catalán, exigencia que, según el trabajador, no era necesaria para el desarrollo de sus funciones estrictamente culinarias. El afectado, tal como recoge el diario ABC, se presentó a la prueba específica convocada por el ayuntamiento en septiembre del año 2023. A pesar de salir, según afirma, "con buenas sensaciones", el resultado fue negativo. Su despido se formalizó en enero de 2024, mientras estaba de baja laboral.

Un largo recorrido judicial

Respaldado por Convivencia Cívica Catalana, el cocinero llevó el caso a los tribunales. Una primera sentencia, del Juzgado de lo Social número 32 de Barcelona de marzo de 2025, avaló el despido, considerando que la exigencia lingüística no era "desproporcionada". Ante este revés, el cocinero interpuso un recurso que ha sido estimado parcialmente por la Sala de lo Social del TSJC. La sentencia declara improcedente el despido porque la Ley 20/2021 de estabilización del trabajador público "no crea nuevas causas de despido". El tribunal considera que utilizar la suspensión en una prueba de un proceso selectivo como causa automática para rescindir un contrato es una práctica ilegítima, especialmente cuando la plaza, como en este caso, no ha sido finalmente cubierta por ningún otro aspirante ni se ha amortizado conforme a la ley.

El magistrado reconoce que "puede cuestionarse" la proporcionalidad de exigir un nivel B2 de catalán a un cocinero. No obstante, indica que este cuestionamiento "se hubiera debido hacer impugnando las bases de la convocatoria, no esperando a la resolución final". Por ello, la sentencia descarta que se trate de una discriminación directa, aunque sugiere que podría configurar una "discriminación indirecta". El tribunal también observa que el hecho de que Escribano fuera el único aspirante a su propia plaza "pudiera deberse a la misma exigencia del nivel mínimo de catalán", reconociendo así su carácter potencialmente disuasorio.

Readmisión o una indemnización de 59.000 euros

La sentencia obliga al Ajuntament de Barcelona a readmitir a Manuel Escribano en su mismo puesto de trabajo y en iguales condiciones, con el abono de los salarios de tramitación, o pagarle una indemnización de 59.000 euros. Àngel Escolano, presidente de CCC, valora la sentencia como "un paso muy importante" que limita "las potestades de las administraciones catalanas de utilizar la lengua como elemento de discriminación laboral". La decisión del TSJC establece un precedente relevante en la interpretación de los requisitos lingüísticos en las administraciones públicas, subrayando que su aplicación en procesos de consolidación de puestos de trabajo no puede ignorar los principios de seguridad jurídica y proporcionalidad, ni convertirse en una vía para la eliminación de personal con una larga trayectoria y con sus funciones consolidadas.