El pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido parte de la Resolución 534/XII del Parlamento de Catalunya, del 25 de julio de 2019, "sobre las propuestas para la Catalunya real". El TC admite por unanimidad los incidentes de ejecución presentados por el gobierno del estado español y anula una parte. En la resolución anulada el Parlamento declaraba de nuevo ejercer de forma concreta el derecho de autodeterminación y reafirmaba la reprobación del rey a Felipe VI.

Los magistrados también avisan a la Mesa de la cámara y su presidente Roger Torrent de posibles responsabilidades penales.

El Gobierno alega que estos artículos son contrarios a la STC 259/2015, de 2 de diciembre, que declaró la inconstitucionalidad y nulidad de la Resolución 1/XI del Parlamento del 9 de noviembre de 2015 "sobre el inicio del proceso político en Catalunya como consecuencia de los resultados electorales de 27 de septiembre de 2015". El Tribunal Constitucional ha acordado suspenderlos.

El TC también resuelve "dar traslado al ministerio fiscal y al Parlamento de la petición de declaración de nulidad de la resolución, con el objeto que en el plazo de diez días presenten las alegaciones que estimen convenientes acuerda "notificación de la presente resolución al presidente del Parlamento, Roger Torrent y Ramió; el secretario general Xavier Muro i Bas, y los miembros de la Mesa Josep Costa y Roselló, Joan García González, Eusebi Campdepadrós i Pucurull, David Pérez Ibáñez, Laura Vílchez Sánchez y Adriana Delgado y Herreros". A todos "se les advierte su obligación de impedir o paralizar cualquier iniciativa que suponga ignorar o eludir la suspensión acordada, advirtiendo de las eventuales responsabilidades, incluida la penal, en la que pudieran incurrir".

Además "se requiere al presidente del Parlamento, a los otros miembros de la Mesa y al secretario general del Parlamento, respectivamente, su obligación de
abstenerse de realizar cualesquiera de las actuaciones tendentes a dar cumplimiento a los incisos impugnados de la resolución 534/XII del Parlamento, así como su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa, jurídica o material, que directa o indirectamente suponga ignorar o eludir la sentencia del Tribunal Constitucional 259/2015 ".