El Tribunal Constitucional ha dictado este jueves una providencia en la cual da diez días de plazo tanto a la Fiscalía como a la Generalitat para que aleguen sobre cuáles son las funciones de Raül Romeva al frente de la Conselleria de Exteriores. Esta mañana la Abogacía del Estado ha vuelto a reclamar la nulidad de la Conselleria de Asuntos Exteriores, Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat de Catalunya que dirige Raül Romeva, así como su posterior denominación como departamento y la creación de una nueva Secretaría adscrita.

El Gobierno español ha vuelto a reclamar su nulidad al afirmar que, a pesar del cambio de denominación, las funciones se mantienen invariables. El gobierno alega que la Generalitat incluye la atribución de política exterior, una competencia exclusiva del Estado. En este sentido, el Ejecutivo considera que se está incumpliendo la providencia que el Tribunal Constitucional dictó el pasado 16 de febrero, y creen que se está vulnerando la decisión de este órgano de suspender su actividad.

La Generalitat cambió recientemente el nombre de la Conselleria por el de Departamento de Asuntos y Relaciones Institucionales y Exteriores y Transparencia mientras el Tribunal Constitucional mantuviera la suspensión de la Conselleria, que tiene que durar como mínimo cinco meses hasta que dicte sentencia, pero parece que eso no ha sido suficiente para parar la Abogacía del Estado.

Según el artículo 149 de la Constitución española, sólo el Estado puede hacer política exterior, a pesar de que las comunidades autónomas sí que pueden hacer ciertas funciones de acción exterior.