El Tribunal Supremo (TS) ha tumbado la demanda de un padre que reclamaba enseñanza bilingüe catalán-castellano en una escuela de Roses, en el Alt Empordà. El hombre sostenía que el modelo educativo de Catalunya vulneraba los derechos de la igualdad y enseñanza establecidos en la Constitución Española. El alto tribunal, sin embargo, ha desestimado el recurso porque entiende que no se ha vulnerado ningún derecho fundamental.

Este no es el primer reverso judicial que se lleva al demandante, porque en el año 2014 el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) también falló a favor del Departament de Ensenyament. La consellera Meritxell Ruiz cree que la sentencia "avala" y "refuerza" la inmersión lingüística y augura que servirá para "detener" nuevos procesos judiciales para aumentar el uso del castellano en las aulas.

El caso

El caso que ahora ha sentenciado el Supremo se remonta a verano del 2012. El padre tiene dos hijos que estudiaban en el CEIP Montserrat Vayreda de Roses. Aquel julio, el hombre presentó dos solicitudes en el Departament de Ensenyament, instando a la Generalitat a "adaptar el sistema educativo" para "garantizar" que no sólo sus hijos, sino también todos los alumnos de la escuela, recibieran enseñanza bilingüe castellano-catalán.

El demandante se amparaba en la sentencia del Constitucional del 2010, que establecía que el castellano también era lengua vehicular en las aulas. El Departament, sin embargo, tumbó la pretensión asegurando que el actual modelo "es plenamente respetuoso con el régimen de cooficialidad".

Entonces, el padre llevó el asunto a los juzgados y, además de insistir en la petición para que catalán y castellano tuvieran el mismo peso en las aulas, reclamaba una indemnización de 12.000 euros a la Generalitat en concepto de daños y perjuicios.

Ni lesión a un derecho ni al otro

La sentencia del Supremo rechaza la demanda del padre y concluye que el Departament no ha vulnerado ninguno de los derechos (ni el de la igualdad ni el de la enseñanza) que fija la Constitución.

Con respecto al primero, recogido en el artículo 14 de la Carta Magna, el alto tribunal ya subraya de entrada que el demandante ha sido "inconsistente", porque en ningún sitio ha precisado "cómo y por qué" el sistema educativo en Catalunya vulnera el principio de igualdad de la Constitución. Es más, remitiéndose a la jurisprudencia, el TS también subraya que no se puede comparar implícitamente la situación de los hijos del demandante "con los niños españoles residentes en otras comunidades autónomas sin ninguna lengua oficial diferente al castellano".

En relación al derecho a la enseñanza, fijada en el artículo 27 de la Constitución, la sentencia también riñe al padre por "alegar de manera genérica la lesión de un derecho fundamental" sin precisar el como.

Más allá de eso, a la hora de rechazar la pretensión del demandante, el Supremo también tira de resoluciones anteriores. Recuerda que el sistema educativo en Catalunya "tiene que garantizar que el catalán y el castellano sean lenguas vehiculares", pero que corresponde a la Generalitat adaptar los porcentajes de uso.

Por todo ello, el TS tumba el recurso del padre. Además, la sentencia también le obliga a pagar los gastos del proceso, que el Supremo fija en un máximo de 3.000 euros.

Sentencia pionera

La consellera de Ensenyament, Meritxell Ruiz, ha valorado positivamente el pronunciamiento judicial del Supremo. "Por primera vez tenemos una sentencia que dice que el modelo de inmersión lingüística recogido en nuestra ley no vulnera ninguno de los derechos fundamentales de los alumnos y las familias, que en este caso son la igualdad y la enseñanza", ha afirmado en declaraciones a la ACN.

Según su opinión, la sentencia del alto tribunal español "avala" y "refuerza" el sistema de inmersión defendido por el Govern. "El Supremo nos viene a dar la razón al decir que es este un buen modelo y que es la Generalitat quien tiene que decidir qué porcentaje de catalán se da en las aulas", ha añadido. Al mismo tiempo ha constatado que el sistema educativo catalán garantiza que los alumnos tengan un "dominio óptimo" tanto del catalán como del castellano, así como de una primera lengua extranjera.

La titular de Ensenyament ha augurado que la sentencia servirá para "detener" nuevos procesos judiciales para reclamar un incremento de las horas lectivas del castellano. Actualmente, hay 22 demandas en trámite en este sentido y ya se han dictado cinco sentencias firmes, según datos del Departament. Este, sin embargo, es el primer caso en que una familia aduce vulneración de derechos fundamentales.

Ruiz ha lamentado que el gobierno español haya querido crear "un problema" con la cuestión de la lengua allí donde no está, y que algunas familias "con posicionamientos cargados de ideología" hayan intentado "por todas las vías" cambiar el rumbo del sistema educativo catalán, que es "un modelo de éxito", ha insistido.