El Tribunal Supremo ha anulado el decreto del Gobierno que endurecía los criterios para crear nuevas universidades y que pretendía poner coto a la proliferación de centros privados que no cumplen con los estándares exigidos. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha tumbado el real decreto 905/2025 al estimar el recurso que había presentado el gobierno de las Illes Balears, en manos de Marga Prohens (PP). El alto tribunal español, sin entrar en el fondo del asunto, ha valorado que no había una justificación para su tramitación urgente vía decreto.
Para el Supremo, el núcleo de la cuestión está en si el acuerdo del Consejo de Ministros del 1 de abril de 2025, que decide la tramitación urgente del proyecto presentado, expone y justifica las circunstancias extraordinarias que exijan la aprobación urgente de la norma y la omisión del trámite de consulta pública. Sobre esto, el alto tribunal concluye que la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación sin el trámite de consulta previa no estaba debidamente justificada, por lo que no está legalmente amparada.
El tribunal plantea que "el único elemento que se emplea para la justificación (aprobación de la reforma para que pudiera estar en vigor en el curso académico 2025/26) es más una voluntad política para su pronta entrada en vigor que una causa objetiva que acredite una urgencia ante la necesidad de evitar unos determinados efectos que produce la normativa reglamentaria vigente". Además, la explicación que alega el acuerdo del Consejo de Ministros "no permite considerar que las circunstancias que enumera puedan entenderse como extraordinarias o imprevisibles".
"No son otra cosa que circunstancias que el titular de la potestad reglamentaria presenta como la causa necesaria para realizar las reformas que considera oportunas ante la evolución del sistema universitario, pero que no pueden justificar una declaración de urgencia que tiene como efecto legalmente previsto la omisión del trámite de consulta pública", añade la Sala del Contencioso-Administrativo. Por tanto, continúa el tribunal, "el acuerdo de la tramitación urgente del procedimiento de elaboración y aprobación no está debidamente justificado. Y, su efecto, de omisión del trámite de consulta previa carecía del amparo legalmente exigido".
Un decreto para frenar los "chiringuito" que regalan títulos
El decreto del Gobierno establecía un mínimo de 4.500 alumnos exigidos para poder abrir un centro de educación superior y regulaba la verificación de nuevos títulos dentro de una universidad ya creada, así como la necesidad de tener un número de profesores doctores y la acreditación de centros extranjeros con sede en España. El presidente Pedro Sánchez aseguró al respecto la intención de frenar la creación de "chiringuitos" y reforzar las exigencias para garantizar que las universidades tengan proyectos de calidad y no sean "una máquina expendedora de títulos".