El caso de Laura Borràs vuelve a Catalunya. El Tribunal Supremo ha enviado ya el sumario al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. La condición de presidenta del Parlament de Catalunya y el hecho de que deje de ser diputada del Congreso, cambian su aforo y, por lo tanto, también el tribunal que la tiene que juzgar.

La Sala II del Tribunal Supremo ha dictado un auto en el cual declara la pérdida de su competencia para seguir conociendo de la causa contra Laura Borrás, actual presidenta del Parlament de Catalunya, al haber perdido el mes de marzo pasado su condición de miembro del Congreso de los Diputados, por la cual era aforada ante el Supremo. La Sala acuerda remitir testigo de las actuaciones al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya a los efectos que sean procedentes.

 

 

 

El Supremo acordó la apertura del procedimiento a Laura Borràs el 17 de diciembre de 2019 después de estudiar la exposición razonada remitida por la magistrada-juez de instrucción número 9 de Barcelona referida a las diligencias previas seguidas en el mencionado juzgado contra Laura Borràs, entonces aforada, por presuntos delitos de prevaricación, fraude a la Administración, malversación de caudales públicos y falsedad documental en la etapa en que Borràs fue directora de la Institución de las Letras Catalanas (ILC). El tribunal designó instructor de la causa al magistrado de la Sala II Eduardo de Porras.

Ahora, una vez acreditada la baja en la condición de diputada del Congreso y por lo tanto la pérdida de la condición de aforada de Laura Borrás, sin que se haya procedido a la apertura de juicio oral, la Sala explica que ha perdido la competencia para conocer de los hechos imputados tanto a la persona hasta ahora aforada, como a Isaías Herrero Florensa, a quién extendió su competencia, teniendo que remitirse testimonio de todo lo actuado en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, concorde con el art. 57.2, del Estatuto L.O 6/2006, de 19 de julio de reforma del Estatuto de Autonomía de Catalunya.

Los hechos

Los hechos que se investigan se sitúan entre los años 2013 a  2017 por el "fraccionamiento de contratos de prestación de servicios informáticos efectivamente prestados, reflejando importes y conceptos inventados, siempre en cuantías inferiores a 18.000 euros, para, incumpliendo las normas aplicables, evitar el procedimiento administrativo pertinente por tratarse de trabajos que suponían la programación informática del portal de internet de la ILC durante un periodo superior a los cuatro años".

Eso según la investigación, que concluye que el objetivo era "poder acudir a la adjudicación directa con la intención de favorecer personalmente a Isaías Herrero Florensa, directamente o a nombre de otras entidades tras las cuales se ocultaba.

La investigación cuantifica el dinero adjudicado a Isaías Herrero o a las entidades "en que se ocultaba", en 259.863,00 euros.