Un reconocimiento, aunque tardío. El Tribunal Supremo ha dado la razón a los 33 jueces que firmaron el manifiesto jurídico por el derecho a decidir en el 2014 enfrente de la Agencia de Protección de Datos española. La agencia no investigó la denuncia de los jueces catalanes por la vulneración de sus derechos, cuando su imagen salió en el diario La Razón, y la foto de una veintena de ellos había sido extraída de su DNI, es decir, usando fuentes policiales. Ahora, el Supremo ha anulado la sentencia de la Audiencia Nacional del 2022, que daba por bueno el archivo del expediente instado ante de la Agencia de Protección de Datos, y ha ordenado a la agencia que realice "nuevas diligencias útiles y eficaces para esclarecer los hechos de la denuncia, incluido la elaboración de la nota policial". Así lo ha informado su abogado, Pep Cruanyes, este martes. "La Agencia había archivado la denuncia de los jueces con argumentos absolutamente injustificables como que no tenía competencia sobre la policía", ha afirmado Cruanyes.

Inicialmente, se denunció por la vía penal, y el juzgado de Barcelona lo archivó porque no encontró al filtrador, aunque algunos agentes admitieron la confección del informe sobre los jueces, y después pidieron el amparo de la agencia, que tampoco encontraron, el 2019. Ahora, el Supremo ha dado la razón a 15 de los jueces y magistrados que han litigado hasta el final.

El Estado, condenado

Precisamente, el Estado español no presentó recurso contra la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), difundida el junio pasado, en la cual lo condena por haber vulnerado el derecho a la intimidad de al menos 20 de los 33 jueces y magistrados catalanes que se pronunciaron a favor del derecho a decidir, en el 2014, y su foto del DNI se publicó en el diario La Razón, bajo el título La conspiración de los 33 jueces soberanistas. De la treintena de firmantes, unos 20 jueces llevaron su caso al tribunal porque eran los que se evidenciaba que su imagen se había extraído de la base de datos policiales. El TEDH afirma que el Estado español vulneró la protección al derecho a la intimidad de los jueces, pero no el de su libertad de expresión. En concreto, el TEDH condena al Estado español a indemnizar en cada a uno de los veinte demandantes con 4.200 euros en concepto de daños morales y 3.993 por gastos y costas. El Gobierno del PSOE empezó a pagar a los jueces el noviembre pasado, asumiendo una irregularidad del gobierno del PP, y enmarcada en la Operación Catalunya.

Investigación mínima

En la sentencia de la sección 3.ª de la sala del contencioso–administrativo del Tribunal Supremo, a la cual ha tenido acceso ElNacional.cat, se hace referencia a esta resolución del TEDH, del 28 de junio del 2022, apuntada en el recurso por el abogado de los jueces, y sostiene que tal como indica el tribunal de derechos humanos “no se puede sostener que la resolución de archivo de la Agencia de Protección de Datos y la no incorporación de un expediente sancionador se encuentre debidamente justificada, cuando no se han realizado diligencias eficaces y útiles para el esclarecimiento de la totalidad de los hechos objeto de denuncia por infracción de la Ley de Protección de Datos”.

Ideología de los jueces

El Supremo precisa que la Agencia de Protección de Datos no ha investigado nada del informe policial, denominado nota interna, en la cual figuran los datos personales de los recurrentes, jueces y magistrados en ejercicio, su fecha de nacimiento, el domicilio, el destino judicial, la pertenencia a asociación judicial y en ciertos casos, “se hace referencia a su participación en ciertas actividades o movimientos sociales, e incluso sus opiniones políticas”, es decir su ideología o pensamiento, informes proscritos en los cuerpos policiales.

 

En la foto principal, una imagen de la Diada de 2023, en Barcelona. / Foto: Irene Vilà Capafons