Resultado importante. El Pleno del Tribunal Supremo ha confirmado la absolución de la activista de Viladecans Tamara Carrasco -detenida el 2018 y acusada de terrorismo- por 11 votos a 5, según ha informado hoy al mediodía el alto tribunal español, sin difundir la sentencia. Así, ha quedado desestimado el recurso que había presentado la fiscalía contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona, que validaba la absolución dictada por un juzgado de lo penal, y la absolvía de un delito de incitación a desórdenes públicos. La resolución es fundamental porque por primera vez el alto tribunal español se pronuncia sobre este delito.

El ponente inicial de la sentencia del Supremo, Ángel Hurtado, ha quedado en minoría y emitirá un voto particular. Han votado con él a Manuel Marchena, Pablo Llarena, Antonio del Moral, Julián Sánchez Melgar y Vicente Magro. Todos estos jueces han participado en la instrucción o condena de los líderes independentistas catalanes. Además del voto particular de Hurtado, habrá otros. El nuevo ponente de la sentencia del Supremo, es Javier Hernández, el más progresista del tribunal.

La fiscalía había recurrido la absolución de Carrasco, defendida por el penalista Benet Salellas, y volvió a pedir que se la condenara a siete meses de prisión. A pesar de las dos sentencias absolutorias previas, consideraba que el activista e integrante de CDR incitó a cometer desórdenes públicos al haber enviado un audio en un grupo de WhatsApp después de la detención del expresidente Carles Puigdemont en Alemania en marzo del 2018. El ministerio público cree que las dos sentencias previas no aplican la modificación del Código Penal realizada en el 2015, que permitiría condenar Carrasco por difundir mensajes destinados a alterar el orden público, aunque los desórdenes no se acabaran cometiendo. Al conocer el fallo del Supremo, Tamara Carraco lo ha celebrado con un tuit bien claro.

Argumentos

En la primera sentencia que absolvió a Carrasco, la jueza criticaba duramente la investigación hecha por la Guardia Civil, que no ha podido explicar cómo obtuvo el audio con la voz de Carrasco ni demostrar cómo se difundió. Consideraba que no se puede demostrar que lo enviara a ningún CDR, ni que ninguna acción de protesta que se llevó a cabo respondiera a este audio. La magistrada, de hecho, afirmaba que el mensaje de la activista de Viladecans era informativo, no incitaba a cometer ningún desorden y que las acciones hechas por los CDR eran legales, según defendía su abogado.

Por su parte, la Audiencia subrayaba que el mensaje de WhatsApp no implica difusión pública y añadía que el mensaje de voz no llamaba a participar en las acciones que se produjeron aquellos días, que sí que calificaba de desórdenes públicos.

Reparación

El abogado de Carrasco, el penalista Benet Salellas, también ha celebrado en Twitter la confirmación de su absolución y ha avanzado que presentará una reclamación por los cuatro años de "miedo y la angustia" que ha pasado. Y es que después de ser detenida y conducida a la Audiencia Nacional, cuando meses después pasó de ser acusada de terrorismo a desórdenes públicos, el juez mantuvo durante bastante tiempo la medida cautelar que no podía salir de su ciudad, Viladecans, solo que para ir a trabajar. Incluso se le denegó un permiso para ir a ver y cuidar a su madre convaleciente.