El Tribunal Supremo ha declarado nulo el Real decreto que regula el procedimiento de pago de la compensación equitativa por copia privada con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, conocido como 'canon digital', según una sentencia.

Desde el 2012, el canon digital por copia privada se sufraga a España con cargo a los Presupuestos Generales del Estado, por lo cual el importe se fija anualmente, "dentro de los límites presupuestarios" establecidos para cada ejercicio.

En concreto, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto hace tres años por tres entidades de gestión (Egeda, Dama y Vegap), que entendían que no tenían que ser los presupuestos estatales los que financiaran este canon, sino exclusivamente los usuarios de la copia privada.

Ilegal

El Supremo atiende la resolución del mes de junio pasado del Tribunal de la UE que consideraba ilegal el canon al no garantizar que el coste de la compensación equitativa sólo sea sufragado, en último término, por los usuarios de copias privadas. Por esta razón, ve "inaplicables" los preceptos del Real decreto y los declara nulos.

"A juicio de esta Sala, el presente asunto gira fundamentalmente en torno a un problema de derecho de la Unión Europea", señala el tribunal, quien sin embargo matiza que introducir una medida para evitar que las cantidades recaudadas de los impuestos acaben sufragando la compensación equitativa es "tarea difícil".

Además, considera a las entidades de gestión como demandantes "con interés legítimo" en este asunto, a pesar de las alegaciones del Abogado del Estado después de conocer la decisión de Bruselas.