El Tribunal Supremo ha anulado la condena de 1 año de prisión y 7 de inhabilitación absoluta a la tuitera Cassandra Vera por los tuits de burla sobre el asesinato de Carrero Blanco. El alto tribunal considera que, aunque su conducta "es reprochable socialmente e incluso moralmente" es desproporcionada la sanción penal.

La resolución del Supremo destaca que los mensajes estaban centrados al "repetir chistes ya conocidos" y añade que "no contienen ningún comentario ácido contra la víctima del atentado ni expresan frases o comentarios hirientes,lacerantes o ultrajantes contra su persona o cualquier aspecto concreto de su vida pública o privada".

La tuitera ha celebrado su absolución a través de las redes sociales:

Explica que era objeto de mofa o sarcasmo el dato "muy trillado y agotado" que el coche alcanzó una gran altura. El tribunal añade que "sin duda se aprovecha el humor negro para cuestionar al personaje víctima del atentado, en una reacción muy propia de nuestro entorno social de criticar o azotar sarcásticamente a cualquier personaje público cuando|cuándo sale al paso cualquier contigencia que permita improvisar un chiste idóneo para ridiculizar o parodiar un defecto o una desgracia personal".

El alto tribunal pone énfasis que el suceso se produjo hace ya 44 años "tiempo más que suficiente para considerarlo un hecho histórico. El comentario en clave de humor no puede tener la misma trascendencia que uno ocurrido recientemente"