La polémica por la contratación de la hija de la alcaldesa de Ripoll, Sílvia Orriols, como agente interina de la Policía Local suma un nuevo capítulo. Junts per Ripoll ha pedido formalmente al Ayuntamiento que revise de oficio el proceso de selección de dos agentes interinos, uno de los cuales es la hija de la líder de Aliança Catalana, por posibles causas de nulidad de pleno derecho. La petición del grupo encabezado por Ferran Raigon se fundamenta en un informe jurídico que señala diversas presuntas irregularidades en el procedimiento y cuestiona tanto la manera como se establecieron las reglas de selección como la composición del tribunal calificador y la intervención de Orriols.
La solicitud, presentada este martes por los tres concejales de Junts per Ripoll, pide revisar cuatro actos administrativos: el anuncio inicial de la convocatoria, publicado el 11 de junio; el decreto de la alcaldesa del 30 de junio, que fijó las pruebas, las puntuaciones, el calendario y la composición del tribunal; y los dos decretos posteriores de nombramiento de los agentes. La iniciativa se basa en un informe jurídico elaborado por la abogada Esther Padró, fechado el 8 de octubre, que considera que existen fundamentos para plantear la nulidad del procedimiento. En todo caso, la presentación de la petición no implica que los nombramientos hayan sido declarados nulos: corresponde al Ayuntamiento decidir si inicia la revisión y resolverla con las garantías legales.
Las reglas se fijaron después de recibir las candidaturas
Uno de los principales reproches del informe es que las condiciones esenciales del proceso selectivo no se concretaron hasta después de que hubiera terminado el plazo para presentarse. El anuncio de la convocatoria se publicó el 11 de junio y las solicitudes se pudieron presentar hasta el día 23. Sin embargo, no fue hasta el 30 de junio que Orriols firmó el decreto que establecía el contenido de las pruebas, los criterios de puntuación, el calendario y la composición del tribunal calificador.
Según el análisis jurídico, esta secuencia contraviene la exigencia de que las bases y las reglas esenciales de un proceso de selección pública estén aprobadas antes de que se abra la participación. El informe sostiene que los aspirantes concurrieron sin conocer previamente una parte sustancial de los criterios con los que serían evaluados, hecho que, a juicio de la autora, puede comprometer los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.
El documento también cuestiona que el Ayuntamiento combinara elementos de un procedimiento ordinario de selección con la vía excepcional de máxima urgencia. Aunque el consistorio abrió una convocatoria, admitió candidaturas, organizó una prueba práctica y una entrevista y estableció un orden de puntuación, los nombramientos se justificaron por la urgencia. El informe considera que esta combinación no permite prescindir de las garantías que la normativa específica de las policías locales establece para la selección de personal interino. Además, en la documentación examinada no se han identificado las pruebas psicotécnicas y físicas ni la revisión médica que, según el informe, exige el reglamento para el nombramiento de agentes interinos. Tampoco constarían unas bases aprobadas previamente por el órgano municipal competente.
Un tribunal formado por tres mandos de la policía local
La composición del tribunal calificador es otro de los aspectos cuestionados. Según el informe, el órgano estaba integrado exclusivamente por tres mandos en activo de la misma Policía Local de Ripoll: una sargento y dos cabos. El análisis jurídico sostiene que esta composición no se ajustaría a las exigencias reglamentarias de representación por tercios, que prevén la participación de personal municipal, personal técnico especializado y representantes de la Generalitat, ni a la prohibición de que los miembros en activo de la policía local del municipio convocante constituyan la mayoría del tribunal.
Junts también pone el foco en el papel de Orriols, que firmó el decreto del 30 de junio cuando su hija ya se había presentado al proceso. El informe recuerda que la normativa establece el deber de abstención cuando existe una relación de parentesco con una persona interesada en el procedimiento. Asimismo, matiza que esta intervención no determina automáticamente la nulidad de los actos, sino que es necesario examinar las circunstancias y las consecuencias jurídicas.
La documentación también señala que la convocatoria inicial se anunció para cubrir una plaza de agente, pero el procedimiento acabó con dos nombramientos. Por ello, el informe pide aclarar qué decisión permitió ampliar el número de plazas cubiertas y si se respetaron las garantías de publicidad e igualdad de oportunidades. Finalmente, el análisis cuestiona la justificación de la máxima urgencia, dado que el Ayuntamiento había aprobado el 8 de enero las bases de un proceso ordinario de selección que no se publicaron hasta el 11 de junio, 154 días después. También plantea dudas sobre el orden temporal de los nombramientos y la documentación relativa a los controles administrativos previos.
Orriols defendió que el proceso había sido "impoluto"
La iniciativa de Junts llega después de que la contratación de la hija de la alcaldesa generara una polémica política el pasado julio. Orriols defendió entonces que la joven había obtenido la mejor puntuación y negó que la hubiera colocado a dedo. En una comparecencia del 29 de julio, la alcaldesa aseguró que el proceso de selección había sido "impoluto" y desafió a quienes cuestionaban la legalidad: "Quien tenga la menor duda sobre el proceso, que lo impugne y, si no, que calle".
Junts ha optado ahora por formalizar las dudas a través de una solicitud de revisión de oficio, después de haber tenido acceso al expediente administrativo el 8 de septiembre. El procedimiento permite al Ayuntamiento examinar sus propios actos cuando se alegan posibles causas de nulidad de pleno derecho. Si la revisión sale adelante, deberá respetar el derecho de las personas interesadas a presentar alegaciones y contar con el dictamen de la Comissió Jurídica Assessora.