La jueza Tardón admite al Estado como acusación en el caso del asalto masivo a Ceuta

La magistrada de la Audiencia Nacional María Tardón ha admitido a la Abogacía del Estado como acusación particular en la causa que investiga la entrada masiva de migrantes en Ceuta desde Marruecos, según ha informado el tribunal este miércoles por la tarde. Tardón ya admitió el martes a Ceuta como acusación al considerar "víctima" a la ciudad y a sus habitantes. En la resolución, la jueza afirma que la condición de perjudicado concurre, "sin duda", en el Estado español.  El Gobierno de Pedro Sánchez ya anunció que se personaría en la causa, además de criticar abiertamente a la jueza por ordenar a la policía judicial que no informara de sus conclusiones al Ministerio del Interior.

La instructora recuerda que el lunes aceptó la competencia para investigar las conductas delictivas derivadas de la entrada masiva irregular de inmigrantes procedentes del territorio de Marruecos a la ciudad autónoma de Ceuta los días 30 y 31 de julio de 2026. "Las conductas delictivas no solo han tenido como víctima directa e inmediata a la ciudad de Ceuta y a sus habitantes, en su libertad, el ejercicio de sus derechos y la integridad de sus personas y sus bienes, sino al mismo Reino de España, al poder integrar un ataque, entre otros bienes y valores jurídicos, a la soberanía nacional, la independencia y la estabilidad del Estado, su integridad territorial, la defensa nacional, la seguridad exterior y la estabilidad de nuestro Estado de derecho".

 

Negado el acceso a la parte secreta

En el escrito, la Abogacía del Estado pide que se la considere personada en las diligencias previas y en la pieza separada secreta (Diligencias de Investigación Reservadas). No obstante, la jueza le responde que no puede ser porque la pieza separada "es una pieza instrumental del procedimiento a los únicos efectos de ordenar y facilitar la más adecuada preservación del secreto de las actuaciones que tiene que amparar a la práctica de las diligencias a las cuales se les asigne el carácter de confidencialidad a que se refieren los artículos 301 y 302 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que, como en el segundo de los referidos preceptos señala, mientras se encuentren bajo la vigencia de la declaración de secreto, la sustracción de su conocimiento e intervención a su desarrollo "afecta a todas las partes personadas", menos a la Fiscalía, como siempre pasa en los procedimientos penales. En la causa, ya se han personado el PP y VOX y otras entidades habituales en las causas contra el PSOE, a las cuales la instructora les ha pedido 6.000 euros para considerarlos acusación popular.

 Finalmente, la jueza recuerda a la Abogacía del Estado que no le puede facilitar ninguna copia de resolución a papel porque el tribunal funciona con el expediente digital, tal como fija la ley 1/205 aprobada por el Gobierno del PSOE.

Precisamente, este miércoles el Gobierno ha desclasificado los informes que ha hecho para evaluar la crisis migratoria y de estados sucedida este agosto. El CNI alertó de estas convocatorias masivas, y las fuerzas de seguridad sobre el efecto llamada de la sentencia del Supremo.

 

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