La Fiscalía General del Estado ha presentado, poco después de las once de la mañana, los escritos de acusación del juicio del 1-O: va a máximos y pide 25 años de prisión para Oriol Junqueras por el delito de rebelión.

El ministerio público pide entre 16 y 17 años para el resto de presos políticos acusados de rebelión. Les acusa, además, de malversación, y mantiene la desobediencia para los miembros de la Mesa.

El escrito de acusación firmado por los cuatro fiscales que han seguido la instrucción acusa a Oriol Junqueras de rebelión y pide para él 25 años como máxima petición. Después desgrana todas las penas para cada uno de los 18 investigados.

 

La fiscalía basa su acusación en tres ejes: el Ejecutivo, el Parlament y la vertiente social. A partir de aquí incide en cómo desde 2012 se preparó el escenario para conseguir la independencia y cómo se hicieron llamamientos a la movilización para conseguir ese objetivo.

Para Jordi Sànchez, Jordi Cuixart y Carme Forcadell la fiscalía pide 17 años de prisión por rebelión. Para el resto de presos —Raül Romeva, Jordi Turull, Josep Rull, Joaquim Forn y Dolors Bassa— pide 16 por rebelión y malversación.

La fiscalía pide penas de siete años de prisión para los consellers acusados de malversación y desobediencia. Son Carles Mundó, Mertixell Borràs y Santi Vila.

Para los miembros de la Mesa Lluís Corominas, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet, acusados de desobediencia, pide multas de 30.000 euros e inhabilitación de un año y ocho meses sin poder ejercer un cargo público. La misma pena piden para Mireia Boya, de la CUP.

El escrito de acusación es provisional. Las acusaciones definitivas se hacen durante el juicio. En primer lugar, justo cuando empieza y, en última instancia, antes de hacer las conclusiones finales de la vista oral, cosa que abre la puerta a una rebaja de las penas que se han pedido inicialmente hoy.

Los argumentos de los cuatro fiscales

Los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Jaime Moreno y Fidel Cadena argumentan que los acusados hicieron "una acción combinada y sincronizada de tres pilares básicos: el parlamentario, el ejecutivo y el social".

"Los acusados pretendían bordear la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria e impedir el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de esta para conseguir como objetivo último —con sus propias leyes y sus propias estructuras de estado— declarar la independencia de esta parte del territorio", dice el texto del escrito de conclusiones, que también admite que finalmente no se hizo efectiva ni la independencia ni la república, una "finalidad que estuvieron a punto de conseguir con actos delictivos que ejecutaron poniendo así en grave peligro el orden constitucional.

Rebelión y no violencia

"Preveían el uso de todos los medios que fueran necesarios para conseguir su objetivo, incluyendo —ante la certeza de que el Estado no aceptaría esta situación— la violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido, valiéndose para eso de la fuerza intimidatoria que representaban para una parte, la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas instigadas y promovidas por ellos mismos y, por otra parte, el uso de los Mossos d'Esquadra como un cuerpo policial armado e integrado por 17.000 efectivos aproximadamente, que acatarían exclusivamente sus instrucciones —tal como pasó— y que, si llegara el caso, podría proteger coactivamente sus objetivos criminales, sustrayéndose así del cumplimiento de su genuina función de guardar y preservar el orden constitucional".

Así justifican los fiscales la violencia necesaria para avalar el delito de rebelión, exponiendo que tenían la intención de utilizar toda la fuerza para intimidar al Estado, aunque no haya actos de violencia probados.

Por primera vez se habla de los Mossos d'Esquadra como un cuerpo a reacción para conseguir la independencia y avalar así la violencia necesaria para acusar de un delito de rebelión.

En ningún momento del escrito de acusación se acredita el alzamiento ni la violencia armada. Todos los ejemplos relativos a la violencia hacen referencia a las concentraciones que hubo y a la resistencia pacífica del 1 de octubre. De hecho, la fiscalía presenta como pruebas de violencia los informes de la policía española con los agentes heridos.

Aunque la causa contra el mayor de los Mossos d'Esquadra está en la Audiencia Nacional, la Fiscalía General del Estado mezcla constantemente los dos procesos para acreditar la supuesta violencia y el uso del Govern de la fuerza de la policía catalana. En este sentido, y a pesar de que en las declaraciones tanto Joaquim Forn como los testigos negaron que los dirigentes políticos dieran órdenes directas a los Mossos, los cuatro fiscales siguen manteniendo que los "mandos de los Mossos d'Esquadra antepusieron las directrices políticas recibidas del Govern de la Generalitat al cumplimiento de la ley y del mandato judicial que prohibía la realización".

2012, el origen

Para argumentar las diferentes acusaciones y dar entidad de líderes a Junqueras, Forcadell y los Jordis, la fiscalía crea los tres ejes en los cuales se basa para hacer las acusaciones: el Ejecutivo, el Parlament y las entidades sociales.

Sitúa el origen en el 2012, cuando Artur Mas y Oriol Junqueras firman el acuerdo para la Transición Nacional, haciendo de Junqueras ideólogo en funciones y con representación en el Govern una vez se marcha Mas.

Para el ministerio público hay un factor clave: la movilización. Y se coge a una cita del Llibre Blanc donde dice que "el apoyo de la sociedad civil movilizada podría constituir igualmente un factor decisivo para este objetivo [forzar la negociación con el Estado]".

La fiscalía empieza su escrito con todo el relato de los hechos. Los mismos que constan en la querella y los mismos que utilizó Pablo Llarena para hacer el escrito de procesamiento. Pero el relato de los hechos sólo demuestran un presunto delito de desobediencia. No hay ningún indicio ni prueba de violencia que es lo que prevé el código penal para imputar un delito de rebelión.

"En definitiva ―dice la fiscalía― el plan independentista contemplaba nítidamente la alternativa de la vía unilateral y el llamamiento a la ciudadanía para oponerse a la respuesta del Estado, de manera que ni las normas jurídicas vigentes ni las resoluciones judiciales pudieran ser cumplidas y/o ejecutadas ante la oposición multitudinaria desplegada".