El Tribunal Superior de Justícia de Catalunya ha desestimado el recurso del president Quim Torra contra su condena y lo mantiene inhabilitado y fuera del cargo de president de la Generalitat.

En un auto, el presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, cita el posicionamiento contrario de la Fiscalía a anular la condena y describe sus argumentos como "incontestables". El tribunal se hace suyos los argumentos del ministerio público y se coge a la jurisprudencia para rechazar el recurso del abogado del president Torra, Gonzalo Boye: "La suspensión interesada ante nosotros está contraindicada en el art. 56.1 de la LOTC cuando advierte que la interposición de recurso de amparo no suspende la efectividad del acto o sentencia recurrida".

 

 

Entre los argumentos del tribunal catalán está la competencia para anular la sentencia. Según el texto judicial, le corresponde al Tribunal Constitucional resolver el recurso de súplica, ya que "escapa del ámbito decisional del tribunal sentenciador". Según el TSJC, la ley deja claro que en el momento en que una sentencia es firme se procede a su ejecución sin que "existan razones que puedan justificar la suspensión". Y añade: "No nos corresponde a nosotros ni evaluar ni decidir".

El tribunal sí que admite un error de forma que alega la defensa de Quim Torra, pero de nuevo resuelve que es subsanable y que no da motivo a la suspensión de la pena. En este sentido, la resolución del Tribunal Supremo omitió la sentencia del TSJC, pero, según el Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, "es un error material en la consignación de la sentencia firme".