Falta una pieza del puzzle. La anunciada y esperada reforma del delito de sedición implica unos beneficios limitados a los líderes independentistas catalanes condenados por el Tribunal Supremo, además de los procesados en el exilio, como es el caso del presidente Carles Puigdemont. Y es que cuatro de los 9 condenados, y los tres exiliados de Junts fueron condenados y procesados, respectivamente, por el delito de malversación de fondos públicos, el cual se castiga en la franja superior de 4 a 8 años de prisión y hasta 20 de inhabilitación a cargo público si la cantidad malversada supera los 250.000. Este es el caso de las acciones de la convocatoria del Referéndum de Autodeterminación de Catalunya, en opinión de la Fiscalía del Tribunal de Cuentas, que ha cifrado en 3,4 millones de euros el gasto del 1-O y la promoción exterior del derecho de autodeterminación de Catalunya.

En la sentencia del procés, el Tribunal Supremo no detalló las penas del delito de malversación e hizo una media con el delito de sedición, al ser lo primero un delito "medial". Y ahora habrá que ver la revisión de las condenas que hace el alto tribunal español. Hay quién sostiene que desaparecida la sedición, también tiene que decaer la malversación porque en la sentencia se interpreta que gastaron el dinero público para separarse del Estado español.

Fuentes jurídicas cercanas al PSOE y ERC afirman que, enfilada la desaparición de la sedición, ahora se trabaja en la reforma del delito de malversación para rebajar su castigo, hecho que podría favorecer a los condenados del Supremo y también a las personas pendientes de ser juzgadas por haber organizado el 1-O. La mayoría son cargos públicos y se podría dar hasta la paradoja que fueran castigados a penas más altas que  la de los líderes políticos.

Reforma del delito de sedición, última hora | DIRECTO

La Fiscalía Superior de Catalunya tiene que presentar ahora (seguramente antes de acabar el año) el escrito de acusación contra los excargos de Economía y Hacienda y actuales diputados de ERC Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, que fueron procesados por los delitos de desobediencia, prevaricación, malversación de fondos y revelación de secretos por la organización del 1-O. Su causa se ha retrasado porque se ha añadido la consellera de Cultura Natàlia Garriga, que inicialmente fue procesada por malversación y ahora solamente será juzgada por desobediencia. Está previsto que la Fiscalía solicite penas elevadas porque la cantidad supuestamente malversada para el 1-O permite pedirlo. La reforma de la malversación, si llega, podría beneficiarles una vez pasada el juicio, como en el caso de los líderes del procés; y lo más importante es evitarles la entrada en la prisión, todo y que la inhabilitación también es grave para los funcionarios. Jové, Salvadó y Garriga serán juzgados en el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) por su aforo.

Más afectados de la malversación

Hay pero una treintena de cargos de la Generalitat y empresarios acusados de organizar el 1-O, investigados por el juzgado de instrucción 13 de Barcelona y que hace tiempos que están pendientes de ser juzgados por la sección 21 de la Audiencia de Barcelona, algunos de ellos por delitos que también pueden implicar altas penas de prisión, como el de falsedad documental y malversación de fondos. A ellos también iría dirigida la reforma de la malversación. En concreto, hay diecisiete personas acusadas de haber malversado 4,3 millones de euros para el 1-O, cifra inflada y duplicada en el Tribunal de Cuentas.

Además, hay una decena de investigados en el juzgado de instrucción 18 de Barcelona, por la promoción de la independencia de Catalunya en el exterior. Este caso y el del juzgado de instrucción 13 están pendientes de que la Audiencia de Barcelona resuelva la competencia.

La reforma de la malversación

El año 2015 se endureció el delito de malversación de fondos públicos, y se ampliaba el concepto: no solamente se castiga quien se apropia de dinero público en beneficio propio o de otra persona, sino también quien realiza una administración desleal. Además, solamente hay que aprobar un gasto, sin que el dinero se haya llegado a pagar, como es el caso del millón de euros de gasto que distintos departamentos aprobaron para pagar a Unipost por las tarjetas censales del 1-O, que al final no se llegó a abonar, según la sentencia del Supremo. Este delito solo puede ser cometido por autoridad o funcionario público. 

Según algunas fuentes, lo que se propone es que se rebaje el castigo si el dinero supuestamente malversado no va a los bolsillos de los acusados, sino para hacer una actuación, como la votación del 1-O. La actual graduación del delito es: se castiga de 2 a 6 años de prisión e inhabilitación de 6 a 10 años el funcionario público que cometa malversación; se impondrá la pena de 4 a 8 años de prisión e inhabilitación de 10 a 20 años si en los hechos se ha causado uno grave daño al servicio público o si los bienes y efectos apropiados exceden de los 50.000 euros; y si el valor del perjuicio causado excede de los 250.000 euros, se impondrá la pena en su mitad superior.

Juicios a 124 personas

Con la desaparición del delito de sedición y la creación de un delito de desórdenes públicos agravados se asegura de que se reduce la represión a la disidencia. No obstante, Alerta Solidaria afirma en un tuit, que "en ninguno de los 68 juicios políticos del 2022, que afectan 124 personas, no hay nadie imputado por sedición", pero se enfrentan a penas de prisión.