El magistrado del juzgado contencioso 14 de Barcelona ha decidido que el Ayuntamiento de Badalona tiene que hacer fiesta este 12 de Octubre, tal como pedía la Delegación del Gobierno en Catalunya.
El juez alerta que en caso de que el Ayuntamiento de Badalona persista en mantener como día laborable voluntario para sus trabajadores el 12 dOctubre "supondría vulnerar, de manera flagrante, el principio de control jurisdiccional de las Administraciones Públicas consagrado en el articulo 106 de la Constitución".
El magistrado suspende cautelarmente la efectividad de cualquier actuación administrativa del Ayuntamiento de Badalona, incluida "la vía de hecho, que tenga por objeto o finalidad la apertura de sus locales y dependencias, al público o a los trabajadores públicos de él dependientes, durante el día 12 de octubre de 2016". Y alega que hacer fiesta mañana "causaría perjuicios irreparables tanto al interés general como a los derechos fundamentales de los ciudadanos y que no obedece a un interés general o colectivo".
Con todo, el juez no da la razón íntegra a la Delegación del Gobierno, ya que considera que no hay daños irreparables para los trabajadores porque se les ofrece la posibilidad de recuperar la fiesta: "A pesar de la argumentación de la Delegación del Gobierno en Catalunya, la actuación administrativa impugnada no causaría perjuicios irreparables a los empleados públicos del Ayuntamiento de Badalona con respecto a la organización de sus días festivos, dado que aquella consiste en darles la posibilidad de acudir o no a trabajar el día 12 de octubre de 2016. Por lo tanto, se les otorga una mayor libertad y capacidad de organización de sus días festivos".
Tampoco contempla el juez el gasto que supone tener abiertas las dependencias un día festivo, como alegaba María de los Llanos de Luna.
El magistrado considera que, si no se adoptan las medidas cautelares, sí que se darían algunos de los perjuicios alegados por la Delegación del Gobierno como serían:
1.- Perjuicios irreparables al interés general o colectivo en la celebración de una festividad nacional. "La fijación, en este caso por ley, de un determinado día como festividad nacional (y el mismo pasa con las festividades autonómicas y las locales) obedece a razones sociales y culturales, que reflejan un interés general, social o colectivo en su celebración. En caso de que se llevara a efecto la decisión del Ayuntamiento de Badalona este interés se vería perjudicado de manera irreparable".
2.- Protección relativa a la libertad ideológica de los trabajadores públicos del Ayuntamiento de Badalona. "Resulta evidente que la decisión del Ayuntamiento obedece a un determinado planteamiento político o ideológico (perfectamente lícito y respetable, por otra parte), de manera que la decisión individual de cada trabajador de ir o no a trabajar este día, a pesar de lo que pueda argumentar el Ayuntamiento, puede no ser enteramente libre y, además, podría resultar contrario al derecho fundamental a la libertad ideológica".
Albiol rápido y veloz
El exalcalde de Badalona y coordinador general del PPC y presidente del grupo parlamentario, Xavier Garcia Abliol, lo ha celebrado. Su tuit ha salido prácticamente en el mismo momento que el juez ha anunciado su decisión.
Gracias al recurso presentado x Delegada Gobierno Cataluña, un juez acaba de resolver que mañana no se puede abrir el Ayuntamiento #badalona
— Xavier García Albiol (@Albiol_XG) 11 de octubre de 2016