¿Qué diría Francisco Rubio Llorente? Quien intentó buscar soluciones constitucionales al tema territorial ya no puede plantearse una salida imaginativa para la situación inédita en que se encuentra la formación de Gobierno tras las elecciones generales de diciembre. Sin duda no habría encontrado extraño que se utilice el término de “segunda transición” para calificar el momento.

Hay que recordar que ya generó polémica en la academia constitucionalista el contenido concreto del artículo 155 de la Constitución en caso de su eventual aplicación a Catalunya, porque nunca se había desarrollado legislativamente en qué podía consistir y, por tanto, hasta qué punto quedaba suspendida la autonomía en caso de utilizarlo. Y del mismo modo se generaron opiniones contrapuestas en torno al juramento del president Puigdemont sin acatamiento a la Constitución, por si quedaba o no sujeto a norma reglamentaria siendo el asunto tangencialmente subsumible bajo el derecho fundamental de acceso a cargo público.

Ahora, emulando la situación de bloqueo que en su día vivió Bélgica, España no parece vislumbrar un candidato a la presidencia del Gobierno, porque el baile patético de todos los posibles no emite un veredicto y, por tanto, el Rey no puede dar un nombre que, en su caso, sirviese, al menos, al sencillo objetivo de iniciar el cómputo de los dos meses para que de nuevo se convocasen elecciones. En ese panorama en el que todo el mundo lanza piedras y esconde las manos, la academia de nuevo se formula preguntas antes no pensadas y, por eso, el mosaico de fórmulas aportadas es variopinto y en algunos casos chocante, pero en mucho casos hace pivotar sobre el Rey eventuales desbloqueos del que podría ser un gobierno en funciones con tendencia a eterno.

Sabemos que la Constitución habla del Rey como árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones del Estado. Dejando a un lado que la situación actual comienza a ser todo menos regular, lo cierto es que el artículo de la Constitución que así lo establece debe leerse en relación con el que dice que sus actos requieren siempre refrendo, en general, del presidente del Gobierno, o del ministro de turno, pero, en el caso que nos ocupa, del presidente del Congreso. ¿Puede no refrendar Patxi López la propuesta que le hiciera el Rey? Puede tanto como el Rey proponer sin tener seguro tal refrendo. La cuestión no es, por tanto, qué quiera hacer el Rey como qué le digan desde el poder político que debe hacer. Y algo le dirán si se pretende desbloquear entre bambalinas una situación en la que, de cara a la pasarela, nadie quiere quedar como el que abandonó la contienda.

El Rey, como en aquel otro caso “glorioso” en que PP y PSOE no se ponían de acuerdo para cambiarse los cromos en el Tribunal Constitucional y algún colega dijo que interviniera el monarca, no puede decidir nada por sí mismo en una monarquía parlamentaria. Afortunadamente. Desbloquear las tensas relaciones entre los miembros de la clase política, ejercer de mandatario en soluciones que se le propongan de forma consensuada, incluso aparecer como “el gran mediador”, eso sí puede hacerlo. Él, y no Rivera, quien, como colofón a los despropósitos, se ofrecía hace poco a hacer lo que en modo alguno le corresponde en tanto que parte del curioso  y lamentable conflicto. Una cosa es reinar y otra gobernar.

Montserrat Nebrera es doctora en Derecho y profesora de Derecho Constitucional en la Universitat Internacional de Catalunya (UIC).