«Ningún hombre conoce el valor de la inocencia y la integridad sino el que las ha perdido».
William Godwin

Las prisiones preventivas excesivamente dilatadas que acaban con la absolución o el sobreseimiento de los acusados le salen prácticamente gratis al Estado. Lo han visto recientemente en el caso de Sandro Rosell y lo van a ver muy pronto en el de Tamara Carrasco. En este país sale casi gratis meter en prisión preventiva a quien luego resulta exonerado. Si siguen el hilo de esas reclamaciones verán los esfuerzos denodados de la mayor parte de los organismos y tribunales implicados para rebajar o anular la responsabilidad patrimonial del Estado mediante el pago de indemnizaciones cuya cantidad, por otra parte, suele resultar arbitraria, por la falta de criterios objetivos que aplicar.

Por eso resulta muy interesante el amparo concedido por el Tribunal Constitucional en uno de estos casos. Una cosa rara, pero que empieza a abrir el camino hacia un reconocimiento de indemnizaciones justas para las prisiones preventivas de inocentes, para que no salga gratis abusar de ellas, y para un intento de resarcimiento justo y nunca suficiente de los días pasados en prisión.

El caso en concreto clamaba al cielo y, sin embargo, tanto el Ministerio de Justicia, como la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo consideraron, por los absurdos argumentos que ahora les afea el Tribunal Constitucional, que pasar 1711 días en prisión —más de los cuatro años permitidos— acusado de haber participado en el que probablemente sea el delito de más impacto y gravedad de la historia contemporánea —el atentado contra las Torres Gemelas el 11S— y ser exonerado antes de juicio mediante sobreseimiento libre por “no existir indicios racionales de haber perpetrado el hecho” merecían 2000 € de indemnización y gracias. Esta es la historia de Farid Hilali, reclamado por OEDE al Reino Unido acusado de asesinatos, daños terroristas y pertenencia a Al Qaeda, que fue exonerado sin llegar a ser juzgado, y del que se llega a decir que la apertura de causa contra él “no perjudicó a su reputación”.

Lo menos estimulante de todo el recorrido es comprobar los extraños recovecos que le hacen adoptar al Derecho algunos jueces para evitarle al Estado pagar por el tiempo robado en prisión. La Audiencia Nacional concluyó que la prisión preventiva que había tenido en Reino Unido no contaba, que era cosa de los británicos, a pesar de proceder de una OEDE dictada por la AN, y que, además, el largo tiempo que había pasado allí era debido, ni más ni menos, que a su empeño en hacer valer sus derechos presentando recursos “e incluso oponiéndose a su entrega a España”. El osado justiciable llegó “incluso al Comité Judicial de la Cámara de los Lores, actuación que contribuyó de forma relevante al tiempo empleado”. Y ¡menos mal que lo hizo!, ya que así se negaron a extraditarle por el delito de pertenencia a Al Qaeda. Como se le ocurrió recurrir la OEDE había “concurrencia de culpa del demandante en la generación del daño”. Por ponerlo claro, según estos jueces, si eres inocente y recurres lo que consideras injusto, te estás jugando pasar tanto tiempo en la cárcel como si, por ejemplo, te hubieran condenado por abusar de un menor y además te aguantas con ello por autogenerarte el daño. El Supremo se despachó el asunto inadmitiendo con una mera providencia.

 Es reseñable que se haya obtenido este resultado que abre el camino para exigir que el alto intérprete de la Constitución ponga orden y acabe con la arbitrariedad y las reticencias en la reparación del tiempo robado en prisión

En base al recurso de amparo presentado por el letrado Eneko Garizabal, el Tribunal Constitucional les dice ahora que han vulnerado sus derechos y que debe prevalecer la idea de que la OEDE es un instrumento de cooperación “de modo que el órgano emisor no puede desentenderse de sus efectos”. Les recuerda además, a otros jueces, que los recursos son un derecho del justiciable según la legislación española, la internacional de Derechos Humanos y la del propio convenido de la OEDE y no una actuación culposa y dilatoria. Así que se ordena a la AN que vuelva a dictar una sentencia acorde con esos dos principios. Han pasado más de cinco años desde que el secretario de Estado de Justicia negara la indemnización y aún habrá que esperar una nueva resolución. Vayan echando paciencia los que están en vías de pedir una indemnización en tantos casos recientes.

No obstante, el Constitucional ha dejado sin resolver un apartado importante de la demanda presentada por el letrado Garizabal que era la referida al principio de igualdad y a la arbitrariedad con la que se establecen las indemnizaciones por estas privaciones finalmente injustas de libertad. Dice el TC que no lo hace por una cuestión formal, pero no me cabe duda de que es este un camino que deben seguir explorando los abogados de las personas a las que se les reconocen cantidades a veces ridículas por el tiempo pasado en la cárcel.

Leyendo las resoluciones judiciales de este caso, los informes administrativos y legales, el poco interés que le ve la Sala Tercera, parece deducirse que a la Justicia española no le pesa mucho haber mantenido más de cuatro años a un marroquí llamado Farid Halali en prisión, considerando que era la persona que estaba detrás del alias Skakur, el hombre que supuestamente había anunciado por teléfono el atentado más grave perpetrado contra EE. UU. desde Pearl Harbor. Algo de lo que tras ocho años de instrucción jamás se pudo encontrar un mínimo indicio racional. A veces no hay forma de que la realidad encaje en un relato acusatorio que parece redondo.

En España se abusa de la prisión preventiva. Últimamente, además, en varios casos muy locos en los que desde el principio, si uno no se hacía una construcción ad hoc, se veía que no había terrorismo ni nada de lo que se pretendía. Tener a la gente en la cárcel sale muy barato, como ven, y como decía Napoleón, es temible el poder del juez instructor. Es reseñable que se haya obtenido este resultado que abre el camino para exigir que el alto intérprete de la Constitución ponga orden y acabe con la arbitrariedad y las reticencias en la reparación del tiempo robado en prisión que, como es sabido, no tiene precio. A ver cuántos años más cuesta conseguirlo.