Como es costumbre, el Gobierno central también aprobó el viernes pasado impugnar ante el TC la ley 24/2015 de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética. Que sean 3, 4 o todos los artículos los impugnados es indiferente. La razón de la impugnación radica siempre en que se han invadido las competencias del Estado. Ni en la interpretación literalista que hace la Brigada Aranzadi es cierto. Se coja la competencia que se quiera, al final hay un punto de anclaje en una competencia del Estado. Por eso se ha dicho que, lejos de tender el actual sistema autonómico al federalismo, el único sujeto que tiene competencias exclusivas es el Estado y que las comunidades las tienen sólo compartidas.

El Estado autonómico no ha evolucionado hacia un federalismo sino hacia un neocentralismo en el que las autonomías son una especie de diputaciones provinciales sin peso político

 

En este dibujo de distribución de competencias sería lógico que fuera el Estado quien arbitrara como aceptar distribuir, ceder o compartir parte de sus competencias, que serían todas. La afirmación de que sólo el Estado tiene competencias exclusivas no es nueva, pero tampoco es la dominante en la teoría; en la práctica, desde hace un tiempo, jugarse un guisante diciendo lo contrario sería perderlo. El Estado autonómico no ha evolucionado hacia un federalismo sino hacia un neocentralismo en el que las autonomías son una especie de diputaciones provinciales sin peso político. El principio institucional de la autonomía hace tiempo que está frenado.

Este es el marco de distribución territorial del poder en la actualidad. Varias son las razones. Al Partido Popular nunca le han gustado las autonomías; la crisis económica ha sido la coartada definitiva para iniciar una laminación del Estado de 1978. No en vano al Ministerio de Hacienda se le añadió Administraciones públicas; de esta suerte su nombre actual es Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. En segundo término se alza como un coloso el pensamiento de la Brigada Aranzadi: sólo hay dos parámetros constitucionales de interpretación: la increpación literal de la norma y la unidad de España.

Falaz, pero con la fuerza del poder, efectivo. ¿Por qué es falaz? Porque la Constitución no contiene mandato interpretativo; aunque extravagante, habría podido decirse en un artículo determinado, que la Constitución sólo se podía interpretar conforme a uno, dos, tres o más criterios. Pero no dice nada al respecto, cómo es lógico. Por lo tanto, todos los criterios interpretativos admitidos en Derecho, especialmente la interpretación sistemática y la conforme a los principios de la misma Constitución, son los generalmente admitidos –otra cosa es, que, declarados, se sigan.

La equiparación entre España y el centro, como centro exclusivo de poder, es lo que prima. En el fondo, un concepto autoritario

Y la unidad de España no es ni puede ser un criterio interpretativo. Porque de formas en la unidad de España hay muchas. La que hace prevalecer la Brigada Aranzadi es una unidad conformada desde el centro en una deficiente lectura del centralismo francés, porque está leído por operadores, que sólo hablan de oídos. Los ejemplos son infinitos. En todo caso, la equiparación entre España y el centro, como centro exclusivo de poder, es lo que prima. En el fondo, un concepto autoritario y, no sólo preconstitucional, sino predemocrático.

¿Por qué no vale, pues, el criterio literal? Porque es el más primario y resuelve muy poco en la práctica jurídica. ¿Como interpretar literalmente el artículo 56.1 de la Constitución cuando dice que “El Rey se el Jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia ...”?. ¿O como interpretar, también, literalmente, el artículo 6 de la misma norma cuando dice que “su estructura interna y funcionamento [de los partidos políticos] deberán ser democráticos, especialmente si lo contrastamos con la realidad?. O sea, el literalismo es reduccionismo a favor de quien interpreta y tiene el poder exclusivo para hacerlo. Interpreta, pues, conforme a sus intereses, que está por ver que sean los de la mayoría.

Dicho esto, podríamos admitir hipotéticamente que la ley 24/2015 de la Generalitat invada competencias exclusivas del Estado. Hipotéticamente. La subsiguiente pregunta es muy simple: ¿cómo ha ejercido el Estado estas competencias exclusivas? ¡No olvidemos que hablamos de desahucios y de cortes de suministros básicos (agua, luz, gas) en casos extremos, es decir, hablemos de necesidades primarias en un país, en el que su gobierno se vanagloria de un crecimiento de más del 3,5% anual, el más alto de la Eurozona!, proclama a los cuatro vientos. La respuesta es de sobra conocida: no ha hecho nada ni piensa hacer nada. Ha creado la pobreza, energética y de todo tipo, y ya le parece bien. Con un paro del 21%, que llega al 50% entre los jóvenes, la pobreza es algo inevitable que nos encontramos a cada paso, como nunca antes los menores de 50 años tenemos memoria de ello.

En la confrontación de derechos e intereses que supone esta demanda de inconstitucionalidad, los derechos de propiedad y los derechos de créditos, que en el diseño constitucional no son ni mucho menos derechos fundamentales, se oponen a derechos ellos sí bien fundamentales como son la vida, la integridad física (es decir, la salud) o la educación. En el fondo, para la Brigada Aranzadi, la Constitución, que tan alto proclaman defender, no es más que otro eslabón en la serie de ítems que integran la ostentación memorística que son las oposiciones, pero que en el fondo no pasa de una capa de barniz que no llega a la médula del sistema jurídico entendido como se entendía antes del Estado democrático de derecho –concepto que nunca mencionan. En su ideario preindustrial la propiedad es el alfa y omega de todos los derechos; a su servicio está el resto del ordenamiento jurídico. Y todo que lo que, aunque sea a años luz de distancia, pueda afectar a la propiedad es competencia del Estado. La pobreza, sin embargo, no: de eso, sin otro medio que la caridad, se encargan las comunidades autónomas.

Y si encima se desmenuza el Estado autonómico y cualquier brizna de disidencia, otro anillo al dedo.