Por si faltaban temas interesantes, el lío en el que se encuentra metido de lleno el Barça, el llamado caso Negreira, ocupa las primeras planas.

Tres son los frentes que tiene abiertos el Barça en esta desigual batalla de todos contra uno, en los que si, de paso, puede recibir la imagen de Catalunya, siendo el Barça una institución social y en el imaginario colectivo de primer nivel, pues mejor que mejor. Los tres frentes son el mediático y, por lo tanto, reputacional, el federativo —desde la RFEF a la FIFA y la UEFA— y el estrictamente penal.

Como suele pasar en los casos con ruido, salen de sus agujeros las pirañas mediáticas y ya dan por culpable y condenado al Barça. En consecuencia, algunos, de quienes no cabe la menor duda de su buena intención, reclaman al Barça explicaciones. Hay que decir que los pagos a Negreira, por lo que sabemos, distan de parecer correctos. Ahora bien, que sean delito es otro tema.

Por partes. Ciertamente, el daño reputacional, el primer frente, es grande, pero en pleno diluvio de descalificaciones, de acusaciones ilusorias y de juego subterráneo, el fin de semana pasada se cerró una ronda de 1.500 millones de euros para financiar el Espai Barça. Por lo tanto, hoy por hoy, el perjuicio reputacional no parece el terremoto que el griterío —en nuestra casa también— querría. Los inversores y patrocinadores seguro que están informados punto por punto, es decir, documentalmente, de cómo van las cosas.

Ahora bien, en un caso judicializado, y judicializado con la peor intención del mundo —el Barça, como entidad, y algunos presidentes ya saben eso qué significa—, dar explicaciones antes de saber qué hay en el juzgado es una imprudencia que rebasa la temeridad. Regla, pues, primera: no hablar de lo que no se sabe. El Barça tiene que hacer pública una versión, pero solo cuando sepa qué hay en su contra. Enric Masip ha dado en el clavo. La versión que hay que dar será la hoja de ruta de su defensa en todas las instancias y esferas y, por lo tanto, no se podrá desdecir. La buena defensa es la mejor reputación. Así pues, la única nota oficial, todavía no explicación, del Barça tiene que ser, según mi opinión, que el Barça espera a personarse en la causa y conocer todo lo que hay en su contra.

Esta declaración choca con un obstáculo solo salvable si hay inteligencia, cosa que, demasiadas veces, se pone en duda, visto el comportamiento de sus protagonistas. A estas alturas están denunciados por el lado blaugrana dos expresidentes, Rosell y Bartomeu; un ex CEO, Grau; un exdirector de deportes profesionales, Soler, y el mismo Barça. Para llevar a cabo una defensa reputacional íntegra y efectiva ante la opinión pública, hace falta que todos los implicados no hablen más que por una sola voz, la del club, y solo sea esta la que se oiga. Misión, sabiendo como sabemos cuáles son las relaciones personales entre muchos de ellos, casi imposible. Pero esta unión, empezando en la esfera reputacional, es simplemente capital. O todos a la una o contra todos recibiendo desde todos los lados. Fácil de expresar, difícil de digerir para los afectados. Pero en ningún sitio está escrito que la vida tenga que ser fácil.

Dos batallas ya tienen ganadas en este frente. La primera, Enríquez Negreira, el protagonista sobre el papel, sufre, lamentablemente, alzhéimer y no podrá declarar. Su hijo, como todo hijo, sea imputado o no, está legalmente eximido de declarar contra su padre. La otra batalla, la del colectivo arbitral, también está ganada. En efecto, los árbitros nunca admitirán —es más, han amenazado con querellarse contra quien afirme lo contrario— haber recibido ningún soborno, directo o indirecto ni del Barça ni de ningún otro equipo, por más que muchos exárbitros figuren o hayan figurado en plantillas de clubs de fútbol de primera, como, por ejemplo, los dos de la capital del Reino. Y un arma que empieza a despuntar: Negreira tenía más donantes que el Barça.

Federativamente, el Barça tiene en contra dos de los tres flancos posibles. Por parte de la RFEF no hay ninguna posibilidad de sanción, pues las infracciones graves, en caso de existir, prescriben tres años después. Las de la FIFA lo hacen en diez, sin embargo. Con todo, la situación más grave es la referente a la UEFA. En efecto, visto su reglamento disciplinario, las infracciones contra la integridad son imprescriptibles. Barbaridad jurídica perfectamente compatible con caníbales de las mínimas reglas de un derecho sancionador garantista. Nadie, sin haber perdido el juicio, diría que la UEFA —y por derivación, la FIFA— son paradigmas de la integridad, del respeto de las garantías y de los controles externos e independientes, sometidos, al final, a la verificación de los tribunales de justicia. Eso último, entre otras cosas, porque el monopolio basado en una materia prima —los futbolistas— que no contratan, pero sí que explotan gratis, se rige bajo amenaza de expulsión de quien tenga la infeliz idea de pedir cobijo a los tribunales ordinarios. No nos precipitemos, pero el panorama más empinado, un infinito Tourmalet, lo tiene el Barça en la UEFA. En todo caso, tanto la actuación jurídica como la no jurídica que se haga tiene que tener en cuenta este horizonte, que es el realmente peligroso.

Emprendiendo este fajo procesal, judicial y deportivo, se habrá obtenido el propósito perseguido: estropear la imagen de un club, que quiere ser más que un club en lo deportivo y en lo social

Finalmente, nos encontramos en el frente judicial. En su denuncia, que no insólitamente querella, del ministerio fiscal se mencionan tres delitos: soborno deportivo, administración desleal —por disponer de las cantidades para el soborno— y falsedad mercantil por hacer contar en los libros los, en realidad, sobornos como prestación de servicios.

Vayamos por partes. Curiosa falsedad mercantil, por la cual Hacienda ha percibido su IVA y ha sancionado al Barça —y este ha aceptado— por su indebida deducción y los recargos correspondientes. Una cosa es que la operación, sea, digámoslo a título de hipótesis, discutible, y otra que no sea real y que no tenga que figurar en los libros de la entidad. Por lo tanto, la falsedad es, como mínimo, forzada.

Para acreditar la administración desleal, es necesario que se demuestre que el gasto que consta en libros o no era real —pero sabemos que sí que fue real— o que era para un objetivo ilegal o legal pero desmesuradamente por encima de mercado. Para saber la realidad de las operaciones hay que examinar la contabilidad y la documentación que la soporta. Sin embargo, es necesario recordar que la obligación de conservar la documentación mercantil es de seis años. Pasado este periodo, si no encontramos la documentación contable, no se puede presumir que las operaciones reflejadas en los libros son irregulares o, incluso, delictivas. Eso también marca, como es obvio, el límite temporal retrospectivo de las investigaciones.

En cuanto al delito de soborno deportivo, recogido en el punto 4 del art. 286 bis., que es de todo menos una muestra de buena legislación, requiere que la transferencia indebida de activos sea por alterar una competición. Dos son, pues, los elementos esenciales. El primero: la entrega efectiva de una cantidad dineraria o bien económicamente valorable. El segundo: que la finalidad sea la de predeterminar o alterar de manera deliberada y fraudulenta el resultado de una prueba, encuentro o competición deportiva de especial relevancia. No vale la mera entrega de una cantidad. Y, por otra parte, los medios para esta alteración competitiva tienen que ser idóneos. El sistema más fácil de establecer la alteración es ver si los resultados producidos se ajustan a una pauta. Pero ganar y ganar bien no basta, todavía menos cuando tienes los mejores jugadores del mundo, como certifican los premios nacionales e internacionales, tanto de equipo como de selecciones. La alteración de los resultados resulta sumamente difícil de acreditar en competiciones largas con una extensa pluralidad de participantes, como la Liga o la Champions.

Queda acreditar la finalidad, qué se pretende con la entrega del dinero: de alteración de las competiciones. Pero esta alteración se tiene que buscar por medios idóneos. Si el sujeto o sujetos sobornados no tienen capacidad de incidencia, ya sea debido a falta de preparación o de competencias asignadas en su organización para incidir en los resultados, haber dado dinero podrá ser una operación censurable éticamente, pero en ningún caso delictiva. Ser un panoli no es delito. Eso sí, emprendiendo este fajo procesal, judicial y deportivo, se habrá obtenido el propósito perseguido: estropear la imagen de un club, que quiere ser más que un club en lo deportivo y en lo social.

Todo sin olvidar que el caso Negreira lo hemos empezado a conocer partiendo de un delito cierto, sea de funcionarios o de particulares: la divulgación de los datos fiscales, cosa absolutamente prohibida y censurable. ¿Veremos aquí procedimientos?

Vuelvo a unas líneas más arriba. En el estado de cosas actuales, procesales y deportivas, la única declaración viable es que se está a la espera de saber con qué materiales cuenta la acusación para acusar. Esta es la primera línea de defensa. Y la segunda, ir todos, todos sin excepciones, a la una. Más todavía con la Fiscalía Anticorrupción por en medio. Si no, a sufrir.