¿La ley permite hacer botellones? No. ¿Se hacen? Sin cesar. Cada día y en todas partes. Y una administración desbordada porque no puede (o no sabe) hacer cumplir la ley que ella misma redactó, se miró fijamente el toque de queda y dijo: "calla, que aquí tenemos la solución". Hasta que intervino la justicia y ordenó parar el concepto llamado "aprovechando que el Mèder pasa por Vic, dale todo y solucionamos lo que no sabemos (o no podemos) solucionar". Situación perfecta, esta, para distinguir entre la justicia que se ocupa de lo que se tiene que ocupar, como por ejemplo de los derechos fundamentales de los ciudadanos, y la que sube al Everest con chancletas y una camiseta publicitaria de una empresa de piensos.

Porque una cosa es que la justicia vele por la aplicación de la ley cuando hablamos de nuestras libertades individuales y colectivas y la otra es, por ejemplo, decidir sobre tratamientos médicos y su aplicación. Y es así como entramos por la puerta grande en la decisión del juzgado del contencioso administrativo número seis de BCN autorizando por vía de urgencia administrar un tratamiento de ozonoterapia a un paciente de COVID en estado grave. Y que lo haga con argumentos como que se acepta el uso de esta "terapia" porque 1/ "otros tratamientos no han dado resultado", 2/ "la medida no perjudica los intereses generales ni de terceros" y, lo mejor de todo y 3/ si al paciente se le aplica la ozonoterapia existe "la posibilidad de que se cure", cosa que "se sabrá al aplicarle la terapia". Si claro, de la misma manera que existe la posibilidad de que no se cure y también lo sabremos al aplicarle la terapia y asistamos a una ceremonia muy bonita y sentida. Pero la pregunta es la de la letra del famoso pasodoble aquel que dice "Manolete, Manolete, si no sabes toreá, ¿pa que té metes?", que traducido sería: "¿Qué narices hace un juez valorando tratamientos médicos y por qué lo hace? ¿Por qué no se limita a aplicar la ley?". Una primera pregunta que va seguida de otra: ¿Y si decides meterte, por qué no pides un informe al colegio de médicos, por ejemplo? Básicamente para que te asesoren sobre la ozonoterapia, que te digan si es o no una pseudoterapia que va bien en el tratamiento de hernias discales pero no está tan claro que sea beneficiosa en enfermedades como el cáncer, por ejemplo. Y, sobre todo, que te expliquen si sirve de alguna cosa cuando lo aplicas a la COVID. Y digo el colegio de médicos porque, en principio y como su propio nombre indica, se dedica a la medicina y, por lo tanto, es factible que sepa de qué va la cosa. Y también es muy probable que sepa un poquito más de llo que una jueza de lo contencioso administrativo.

¿De verdad que tiene que ser un juez quien decida si un médico tiene que administrarle o no a un paciente una sustancia sin ninguna evidencia científica y que su criterio esté por encima del profesional? ¿Acabará siendo trabajo judicial decidir como tratar los callos, como operar de fimosis o qué vida tienes que hacer si te han puesto siete stents coronarios? ¿Sí? ¡Perfecto! Pues...

¡BRIKING NIUS!: Aviso a todos los médicos del país. A partir de este lunes a las 10 de la mañana, todos los colegiados podrán empezar a redactar las sentencias del juzgado contencioso administrativo número seis de BCN, mientras este juzgado se dedica a administrar ozonoterapia por los sitios.