La Unidad Central Operativa acaba de entregarle al Tribunal Supremo el pasado viernes un informe de 289 páginas sobre el patrimonio de José Luis Ábalos que plantea interrogantes sobre la coherencia entre sus declaraciones públicas y los datos económicos analizados. Un documento que, sin prejuzgar responsabilidades penales, merece un análisis riguroso de sus conclusiones ante el ruido generado y la pena del banquillo que tan de moda está.
El último informe de la UCO sobre José Luis Ábalos aporta elementos de análisis que trascienden el caso individual y plantean preguntas sobre el funcionamiento de determinadas estructuras partidarias. Los investigadores han documentado 95.437 euros en gastos sin justificación bancaria aparente y más de 60.000 euros ingresados en efectivo sin declarar entre 2014 y 2024. Además, el documento señala la existencia de pagos desde el PSOE realizados en efectivo mediante sobres. Un documento que genera interés mediático y de la opinión pública y que debe ser analizado con prudencia, para preservar el principio fundamental de la presunción de inocencia, sin dejar pasar por alto las cuestiones que llaman la atención a cualquier observador con un mínimo de capacidad crítica.
La gestión patrimonial documentada por la UCO
Según el informe, Koldo García y su entonces esposa Patricia Uriz habrían llevado lo que los investigadores denominan una contabilidad A y B de los gastos de Ábalos. La UCO ha localizado conversaciones de WhatsApp en las que se menciona esta doble contabilidad, también llamada lista 2, que aparentemente no se correspondería con gastos oficiales. El documento detalla cómo Koldo habría pagado de forma habitual gastos personales del exministro: pensiones alimenticias, matrículas universitarias, viajes, hoteles y joyas. La UCO describe este sistema como una gestión patrimonial que “resultaba ser custodiada y gestionada” por el matrimonio García-Uriz.
Es importante subrayar que estas conclusiones forman parte de una investigación en curso y que los afectados mantienen su derecho a la defensa y a aportar las explicaciones que consideren oportunas, por lo que no se debería caer, como está sucediendo ya en medios de comunicación y entre adversarios políticos, en la afirmación fácil, por muy tentador que esto pueda resultar. No son tiempos para el análisis calmado, para la prudencia y el respeto hasta que los hechos queden realmente probados. Y este es un punto que me parece importante, sobre todo al escuchar las respuestas que los acusados están dando de manera pública. Pero no por ello dejan de sorprendernos cuestiones como las que se detallarán aquí.
El lenguaje en clave documentado
Uno de los aspectos que llama la atención del informe es la documentación de un presunto lenguaje cifrado para referirse al dinero en efectivo. Según la UCO, se utilizarían términos como chistorras para billetes de 500 euros, lechugas para los de 100 y folios para el dinero en efectivo. Este tipo de comunicación, de confirmarse, podría indicar la existencia de cautelas para evitar referencias directas a transacciones económicas. No obstante, será la autoridad judicial quien determine el alcance y significado real de estas expresiones en el contexto global de la investigación.
Los pagos documentados desde Ferraz
El informe incluye fotografías de sobres con el logo del PSOE que contendrían dinero en efectivo dirigidos a Ábalos y Koldo. Según la UCO, entre 2017 y 2021 el PSOE habría pagado a Ábalos un total de 19.600 euros, algunos en efectivo. El documento señala un descuadre de 505 euros entre lo declarado oficialmente por el partido y los pagos documentados. Estas discrepancias requerirán de explicaciones tanto por parte del PSOE como de los afectados para clarificar su naturaleza y legalidad. La formación política ha defendido públicamente que “todos los ingresos realizados a Ábalos están declarados”, versión que deberá contrastarse con las conclusiones definitivas de la investigación judicial.
Existe un contraste notable entre las manifestaciones públicas de Ábalos y sus declaraciones ante la autoridad judicial
Las declaraciones: públicas versus judiciales
Existe un contraste notable entre las manifestaciones públicas de Ábalos y sus declaraciones ante la autoridad judicial. Mientras en redes sociales mantiene que “todos los pagos son legales y están justificados”, su actitud ante el juez del Supremo ha sido más cautelosa. En su comparecencia de junio de 2025, el exministro expresó su voluntad de “colaborar” con la Justicia, aunque también señaló estar viviendo “una situación muy tensa” y manifestó dificultades para “establecer un relato coherente”. Llamativamente, no reconoció su voz en determinadas grabaciones realizadas por Koldo García, sugiriendo posibles manipulaciones. Ábalos negó ante el juez haber dado instrucciones sobre licitaciones y sostuvo carecer de “capacidad de gestión” efectiva como ministro. Estas declaraciones deberán ser valoradas por el tribunal en el contexto de las pruebas aportadas por la acusación.
Valoración jurídica provisional
Desde una perspectiva jurídica objetiva, el informe de la UCO plantea elementos que requerirán un análisis judicial detallado en el futuro y sobre los que estaremos atentos. Estos elementos son, fundamentalmente: en relación con el cohecho, los 95.437 euros sin aparente justificación bancaria podrían requerir explicación sobre su origen y finalidad.
Respecto a posible malversación, el uso de fondos para gastos privados documentados necesitará aclaración sobre su naturaleza y autorización.
Sobre blanqueo de capitales, la existencia de una presunta “contabilidad B” para gestionar fondos requiere análisis sobre la licitud de su origen y destino.
En cuanto a organización criminal, la estructura documentada de gestión patrimonial deberá ser valorada judicialmente para determinar si constituye una organización estable con fines ilícitos.
El juez Puente ha aplicado a Ábalos medidas cautelares similares a las de otros investigados: retirada del pasaporte y comparecencias quincenales, decisiones que responden a la valoración judicial preliminar del caso. La presunción de inocencia rige hasta que exista una sentencia firme, pero no por ello se pasa por alto de la toma de medidas que permitan proteger el proceso y que no se eliminen o contaminen pruebas. Obviamente hay hechos que necesitan ser clarificados, y por ello, ya se apunta a elementos sospechosos que deberán ser escrutados con más detenimiento.
El PSOE como organización: análisis institucional
El informe plantea interrogantes que trascienden la responsabilidad individual y afectan al funcionamiento orgánico del PSOE. Los sobres con logo oficial, las liquidaciones en efectivo desde Ferraz y los descuadres contables documentados requieren explicaciones institucionales claras. Es fundamental que tanto el partido como los afectados aporten las aclaraciones necesarias para determinar si estos procedimientos responden a prácticas regulares y legales o si, por el contrario, constituyen irregularidades sancionables.
Reflexión sobre la coherencia política
El caso plantea, entre otras y en mi opinión, una reflexión sobre la coherencia entre el discurso político y las prácticas organizativas. El PSOE accedió al Gobierno en 2018 tras una moción de censura que tenía entre sus argumentos la regeneración democrática y la lucha contra la corrupción. Los elementos aportados de momento por la UCO, sin prejuzgar su valoración judicial definitiva, me hacen plantearme preguntas sobre la coherencia entre ese discurso y determinadas prácticas internas que ahora están bajo escrutinio judicial. Sin atreverme a dar una opinión, puesto que nos faltan todavía datos, resulta llamativo que en PSOE se entreguen este tipo de sobres con dinero en efectivo, cuando existen en la actualidad otras vías para que no quepa la menor duda sobre los pagos, que bien pueden ser perfectamente justificados y legales, pero que, en las formas en los que son hechos, despiertan sospechas, a estas alturas, innecesarias. ¿Por qué se paga en sobres con dinero en efectivo pudiendo hacer transferencias bancarias que facilitan la gestión económica y la transparencia?
Conclusiones provisionales
El informe de la UCO aporta elementos de análisis que merecen seguimiento judicial riguroso, respetando en todo momento la presunción de inocencia de los investigados. Las evidencias documentales presentadas requieren explicaciones coherentes por parte de los afectados. Obviamente, este tipo de elementos han de ser aclarados en sede judicial, pero debido al enorme escándalo que están suponiendo, ya sea porque viene alimentado por los medios de comunicación interesados, por la oposición política y por mera tradición, también requieren de aclaración pública. No es un asunto menor y todo lo que está saliendo ya a la luz sobre todo el “caso Koldo” nos muestra que las cosas que se dan a conocer son extrañas, son opacas y, sobre todo, faltas de coherencia con los discursos públicos que los responsables señalados daban desde sus cargos institucionales. Eso sí se puede decir ya, sin estar saltándonos ningún tipo de principio fundamental de presunción de inocencia.
La investigación judicial determinará la veracidad y el alcance legal de los hechos documentados. Mientras tanto, corresponde mantener la prudencia analítica sin renunciar al escrutinio democrático de las instituciones. No resulta sencillo trazar la línea divisoria, puesto que existen elementos que permiten prejuzgar rápidamente sin pararnos a reflexionar al detalle. Y por eso, en este momento, me parece importante pecar de prudente. Cuando la desinformación es tan utilizada, y muchos de los informadores tienen enormes conflictos de interés, es más necesario que nunca asomarse a este tipo de información con calma y cautela. También como ciudadano. La fortaleza de nuestro sistema democrático reside precisamente en la capacidad de las instituciones judiciales para investigar con rigor y de la sociedad civil para exigir explicaciones sin vulnerar los derechos fundamentales de los investigados. El caso Ábalos será, en definitiva, una prueba más de esa fortaleza institucional.