La conducta de estos días de cientos de extremistas de derecha ante la sede federal del PSOE, pegando a un muñeco de Pedro Sánchez, constituye un acto de odio, inmoral, rechazable, propio de esos millones de ciudadanos españoles de extrema derecha que no son capaces de vivir en un régimen de democracia y libertades, pero no constituye delito de odio ni agravante de otros delitos de injurias, amenazas, coacciones, lesiones, etc. por causa de odio.

Los delitos de odio y esta clase de agravantes por causa de odio requieren de una conducta que señala, despersonalizándola, a la persona agredida por su pertenencia a un colectivo históricamente discriminado y vulnerable. En este caso existe esa agresión despersonalizada, deshumanizada, en la persona de Pedro Sánchez, pero no existe ese elemento de pertenencia a un colectivo históricamente discriminado, por lo que no existe esa clase de delito en las conductas de Ferraz (Madrid).

Delitos de odio son las conductas racistas, antisemitas, antiinmigrantes, contrarias a los colectivos LGTBI u otras parecidas, pero no las denunciadas por el PSOE, como tampoco existían respecto de la Guardia Civil en el caso de la famosa pelea de Lizarra (Nafarroa). Porque ni PSOE, ni Guardia Civil, ni funcionarios, ni PP, ni Vox constituyen colectivos históricamente vulnerables o discriminados. En cualquier caso, es sorprendente la denuncia penal del PSOE ahora, y su absoluto silencio cuando el muñeco públicamente apaleado, fusilado y ahorcado había sido el del president Puigdemont (Coripe – Andalucía, 2019).

En este caso existe esa agresión despersonalizada, deshumanizada, en la persona de Pedro Sánchez, pero no existe ese elemento de pertenencia a un colectivo históricamente discriminado, por lo que no existe esa clase de delito en las conductas de Ferraz

Es necesario creer en la libertad de expresión. Pero lo cierto es que el PSOE de Sánchez (en estos casi seis años efectivos en el Gobierno del Estado) incumplió en este sentido tanto sus sucesivas promesas electorales como los requerimientos que le hicieron y hacen las fuerzas políticas de las mayorías de la investidura 2020 y 2023.

He ahí el mantenimiento del delito de injurias y calumnias a la Corona (artículos 490 y 491 del Código Penal), abiertamente contrario a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (máximo intérprete constitucional en lo que atañe a los derechos fundamentales y libertades públicas), de la llamada “ley mordaza”, que sanciona administrativamente el libre ejercicio de los derechos constitucionales de pública manifestación y reunión, o de la pena de prisión permanente revisable, claramente incompatible con los valores de reinserción y resocialización propios de los valores constitucionales de las democracias liberales europeas.

Las personas que nos consideramos demócratas, liberales y progresistas deberíamos de ser las primeras en creer en la libertad de expresión y en rechazar los atajos normativos propios de extremismos supremacistas.