El Tribunal Supremo ha dejado claro que un propietario no puede resolver el contrato de alquiler por impago si el inquilino salda la deuda antes de que se celebre el juicio. La sentencia, de la Sala de lo Civil del 13 de marzo de 2019, refuerza la figura de la enervación del desahucio, un mecanismo legal que permite al arrendatario regularizar su situación económica y mantener su vivienda pese a haber acumulado impagos, si esos se han saldado antes de cierta fecha.

El caso que sentó jurisprudencia involucraba a un casero que demandó a su inquilino por impago de rentas y solicitó tanto la resolución del contrato como el desahucio. Sin embargo, antes de la vista judicial, el inquilino pagó íntegramente lo que debía, incluyendo rentas atrasadas, intereses y costas. A pesar de ello, el propietario insistió en proceder con el desahucio, lo que llevó al Supremo a pronunciarse sobre la validez de su reclamación.

En qué consiste la enervación del desahucio

La enervación del desahucio es un derecho que protege al inquilino en situaciones de impago puntual. Según el Supremo, si el arrendatario saldó la deuda antes del juicio y no existió otra enervación previa, el propietario no puede resolver el contrato ni proceder a su expulsión de forma inmediata. Esto garantiza que la vivienda se mantenga y que los problemas económicos temporales no se traduzcan automáticamente en desahucio.

Pisos en alquiler. Foto Europa Press
Pisos en alquiler. Foto Europa Press

El Tribunal también subrayó que el propietario solo puede negarse a la enervación si ya había requerido de pago fehaciente antes de presentar la demanda. En ausencia de este requerimiento previo, el derecho del inquilino a pagar y mantener el contrato es absoluto, obligando al casero a aceptar la regularización de la deuda y a continuar con el arrendamiento, a pesar del atraso.

Implicaciones para inquilinos y propietarios

Esta sentencia protege a los inquilinos que atraviesan un bache económico puntual, asegurando que el desahucio no se produzca si cumplen con su obligación antes de la resolución judicial. Para los propietarios, supone la necesidad de documentar correctamente los requerimientos de pago y entender que la primera enervación es un derecho legal que no puede ser ignorado.

En resumen, la jurisprudencia del Tribunal Supremo unifica criterios y deja claro que los contratos de alquiler no pueden ser resueltos automáticamente por impagos si el inquilino corrige la situación a tiempo. Esta medida contribuye a equilibrar la relación entre arrendador y arrendatario, evitando desahucios injustos y garantizando la protección de la vivienda.