Hacienda ha lanzado un aviso dirigido a los nacidos antes de 1959 porque si han vendido su casa el año pasado, marcar la casilla 1660 es la diferencia entre perder miles de euros o disfrutar de una exención fiscal. Para los mayores de 65 años, la ley española ofrece un blindaje que permite no pagar ni un solo céntimo de impuestos por las ganancias obtenidas en la venta de su residencia habitual.
La clave de este beneficio fiscal reside en la protección del patrimonio de los jubilados. Mientras que cualquier otro ciudadano debe tributar entre un 19% y un 28% por la plusvalía generada al vender un inmueble, los mayores de 65 años están exentos. El error más grave que detectan los asesores este año es que muchos contribuyentes, al ver que Hacienda ya conoce la venta de la casa, confían en que el sistema aplicará el descuento automáticamente. Sin embargo, si no se acude al apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales y se rellena la casilla 1660, el algoritmo de la Agencia Tributaria reclamará una parte del dinero.
La casilla 1660, una exención sin reinversión
A diferencia de los menores de 65 años, que solo se libran de pagar si reinvierten el dinero en otra casa, los nacidos antes de 1959 tienen libertad total. Pueden vender su vivienda habitual y utilizar el dinero para completar su pensión, ayudar a sus hijos o simplemente ahorrarlo, sin necesidad de comprar otra propiedad. Marcar la casilla 1660 es la forma legal de comunicarlo a Hacienda. Es un derecho consolidado que, por un simple descuido administrativo, puede costar una media de 15.000 euros en impuestos no devueltos.

Además, el beneficio se extiende a través de las casillas contiguas hasta la 1665 para otros activos. Los expertos recuerdan que los mayores de 65 años también pueden quedar exentos de tributar por la venta de segundas residencias, locales o fondos de inversión si destinan el dinero a constituir una renta vitalicia en un plazo de seis meses.
La importancia de la titularidad y el empadronamiento
Para que Hacienda valide la casilla 1660, existen dos requisitos que el contribuyente debe verificar. Primero, la vivienda debe haber sido su residencia habitual durante al menos los tres años anteriores a la venta. Segundo, si la casa es de un matrimonio y ambos tienen más de 65 años, los dos deben marcar la casilla en sus respectivas declaraciones para que la exención sea del 100%.
Así pues, la declaración de este año es una cita crucial para los nacidos antes de 1959 que han movido su patrimonio inmobiliario. El borrador es una herramienta útil, pero en casos de ventas de inmuebles, suele ser incompleto o perjudicial si no se interviene manualmente.