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Los pensionistas con cuatro hijos pueden añadir 2.066,40 euros brutos anuales a su prestación mediante el complemento para reducir la brecha de género. En 2026, su importe es de 36,90 euros mensuales por hijo, con un máximo de cuatro. Quienes alcanzan ese límite reciben 147,60 euros en cada una de las catorce pagas, siempre que cumplan las condiciones para obtener el reconocimiento de la Seguridad Social.

No hace falta tener los cuatro hijos para solicitarlo. Con uno, la cantidad anual asciende a 516,60 euros; con dos, a 1.033,20 euros, y con tres, a 1.549,80 euros. El cuarto permite alcanzar el máximo previsto, que no aumenta aunque se tengan más descendientes. El dinero se abona junto con la pensión, incluidas las dos pagas extraordinarias que corresponden a junio y noviembre.

Qué pensiones permiten pedir este dinero adicional

En este sentido, el complemento está vinculado a las pensiones contributivas de jubilación, incapacidad permanente o viudedad causadas desde el 4 de febrero de 2021. También puede acompañar a una jubilación anticipada. La jubilación parcial queda excluida mientras se mantenga esa modalidad, aunque el derecho puede reconocerse cuando se acceda a la jubilación plena. Tener hijos, por tanto, debe ir acompañado de una pensión que permita acceder a esta medida.

Imagen de un jubilado en un parque | Europa Press

De esta manera, pueden solicitarlo tanto mujeres como hombres. Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 15 de mayo de 2025, la Seguridad Social aplica a los padres las mismas condiciones que a las madres, sin exigirles los requisitos adicionales sobre perjuicios en su carrera laboral. Eso sí, ambos progenitores no pueden cobrarlo simultáneamente por los mismos hijos: cuando corresponde decidir entre los dos, se atiende a la pensión de menor cuantía.

Cómo solicitarlo si todavía no aparece en la pensión

La solicitud puede presentarse al tramitar la pensión o mediante el procedimiento específico para pedir el complemento por brecha de género o maternidad. El portal de prestaciones de la Seguridad Social dispone de ese trámite. También es posible acudir a un Centro de Atención e Información con cita previa. El formulario solicita los datos personales, los de los hijos y la información necesaria sobre el otro progenitor.

Así pues, conviene revisar la resolución de la pensión para comprobar si ya está reconocido. Su importe puede añadirse incluso cuando se cobra la pensión máxima y no cuenta como ingreso para determinar el complemento a mínimos. Para quienes cumplen las condiciones, solicitarlo permite incorporar a su prestación una cantidad que se mantiene mientras subsista el derecho.