Los trabajadores con al menos un año de antigüedad en su empresa tienen derecho a un permiso retribuido de 20 horas anuales para formación profesional vinculada a la actividad empresarial. Lo establece el artículo 23.3 del Estatuto de los Trabajadores. Este derecho permite dedicar parte del tiempo de trabajo a mejorar conocimientos sin perder la remuneración correspondiente, siempre que se cumplan las condiciones previstas para su disfrute.
La formación debe guardar relación con la actividad de la empresa, por lo que no cualquier curso personal permite utilizar este permiso. Además, las horas pueden acumularse durante un periodo de hasta cinco años, lo que permite reunir hasta 100. Antes de elegir una actividad, conviene comprobar el convenio colectivo y conocer qué formación ofrece la compañía, porque ambas cuestiones influyen en cómo se puede ejercer este derecho.
Cómo se acuerdan las horas de formación
En este sentido, el trabajador no puede decidir unilateralmente ausentarse durante las horas que considere oportunas. La forma de disfrutar el permiso se rige por lo previsto en el convenio colectivo y, cuando este no lo concreta, debe fijarse de mutuo acuerdo con la empresa. Por eso, identificar primero el curso y sus horarios facilita plantear una petición concreta y estudiar cómo encajarla dentro de la organización del trabajo.
De esta manera, una solicitud por escrito puede explicar el contenido de la formación, su duración y la relación que tiene con la actividad empresarial. Adjuntar el programa permite valorar qué conocimientos se van a adquirir y qué tiempo necesita el trabajador. También ayuda a dejar constancia de lo solicitado y de la respuesta recibida, especialmente cuando hay que acordar fechas o distribuir las horas entre varias sesiones.
La formación obligatoria no consume este permiso
Otro detalle importante es que el derecho puede entenderse cumplido mediante acciones incluidas en un plan de formación empresarial o comprometido por negociación colectiva. Sin embargo, la empresa no puede incluir dentro de estas 20 horas la formación que esté obligada a impartir a su cargo por otras leyes. Por tanto, conviene distinguir entre las actividades que cubren este permiso y las que responden a obligaciones independientes.
Así pues, el primer paso es revisar qué formación se ha recibido y consultar las reglas aplicables en la empresa. Con esa información resulta más fácil proponer una actividad útil y acordar su realización. El permiso ofrece tiempo retribuido para aprender, pero necesita una planificación que conecte el curso, sus horarios y las condiciones de disfrute.
