Una negativa de la Seguridad Social puede dar lugar a algo más que recuperar un complemento pendiente. Determinados hombres pensionistas que tuvieron que acudir a los tribunales para conseguir el antiguo complemento de maternidad pueden reclamar también una indemnización de 1.800 euros. Es una compensación por los perjuicios derivados de tener que litigar para obtener un derecho que les había sido denegado, y exige revisar las circunstancias de cada expediente.
El origen está en el complemento por aportación demográfica, reservado inicialmente a las mujeres con dos o más hijos. La justicia europea consideró discriminatoria la exclusión de los hombres. Sin embargo, hubo padres que siguieron recibiendo negativas y necesitaron presentar una demanda. El Tribunal Supremo fijó en 1.800 euros la indemnización correspondiente a esa situación, una cantidad distinta del complemento y de los atrasos que pudieran reconocerse.
Quiénes deben revisar la denegación del complemento
El antiguo complemento afecta a pensiones causadas desde el 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021. Entre los posibles interesados están los padres de dos o más hijos que cumplían sus requisitos. Tener hijos y haberse jubilado durante ese periodo no basta para cobrar la indemnización: resulta determinante que hubiera una denegación y que el pensionista tuviera que recurrir a la vía judicial para obtener el reconocimiento.
Una sentencia del Supremo de marzo de 2026 confirma otro detalle relevante, ya que si el INSS reconoce el complemento después de presentarse la demanda, pero antes del juicio, esa circunstancia no permite reducir la indemnización. En el caso examinado, el tribunal elevó a 1.800 euros una compensación que había quedado limitada a 600. El reconocimiento durante el procedimiento no borraba el perjuicio de haber tenido que iniciarlo.
Los 1.800 euros deben solicitarse expresamente
La reclamación necesita incluir la petición de indemnización. El Supremo ha rechazado concederla de oficio cuando el interesado no la había solicitado en su demanda, aunque sí consiguiera el complemento. Por eso, conviene revisar qué se pidió exactamente y qué resolvieron los tribunales. Cobrar ya el incremento de la pensión no permite concluir, por sí solo, que también se haya reconocido la compensación por los daños.
Para comprobar la situación, los documentos esenciales son la resolución de la pensión, la solicitud del complemento, la respuesta del INSS y las actuaciones judiciales. Con ellos puede determinarse si corresponde reclamar y por qué vía. La indemnización es un pago único; el complemento aumenta la pensión y los atrasos recuperan cantidades pendientes. Son conceptos diferentes que deben quedar identificados al revisar el expediente.
