La ley establece que Hacienda no puede embargar si solo estás cobrando el salario mínimo interprofesional. Es una protección legal que existe desde hace años, pero que sigue siendo desconocida para miles de personas con deudas pendientes. La norma es clara y si tus ingresos mensuales no superan el SMI, ningún organismo puede embargarte esa cantidad, ni siquiera la propia Hacienda.

Esta garantía está recogida de forma expresa en la Ley de Enjuiciamiento Civil, que fija los límites del embargo de sueldos, salarios y pensiones. Da igual el origen de la deuda: tributaria, con la Seguridad Social o con una entidad financiera. El SMI está protegido por ley y no puede tocarse bajo ningún concepto mientras no se supere ese umbral.

El salario mínimo es inembargable por ley

La Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 607, establece que es inembargable el salario, sueldo o pensión que no exceda del salario mínimo interprofesional. Esto significa que, si una persona cobra exactamente el SMI o menos, no se le puede retener ni un solo euro, aunque tenga deudas acumuladas.

Deuda. Pixabay

Este límite no depende de la buena voluntad de la administración, sino que es una obligación legal. Los tribunales han reiterado que el objetivo de esta norma es garantizar un mínimo vital para subsistir y hacer que las deudas no hagan que una persona no pueda vivir. Por tanto, cualquier embargo que afecte al SMI puede ser impugnado y anulado si se demuestra que vulnera este derecho básico.

Qué ocurre si se cobra más del salario mínimo

La situación cambia cuando los ingresos mensuales superan el SMI. En ese caso, Hacienda o cualquier acreedor solo puede embargar la parte que exceda del salario mínimo, aplicando unos porcentajes progresivos establecidos por la ley. El primer tramo por encima del SMI tiene un embargo reducido y va aumentando conforme sube el salario. También es importante tener en cuenta que, si una persona percibe varios ingresos —por ejemplo, dos trabajos a tiempo parcial—, se suman todos para calcular si se supera el SMI. Si la suma total excede ese límite, el embargo puede aplicarse únicamente sobre el exceso, nunca sobre la parte protegida.

Por último, si en una cuenta bancaria existen ahorros acumulados que superan el importe del SMI mensual, esa diferencia sí puede ser embargada. Lo que la ley protege es el salario mínimo como ingreso necesario para vivir, no el dinero adicional que supere ese umbral. Así pues, conocer este límite legal es clave. Muchas personas sufren embargos indebidos por desconocimiento, cuando la Ley de Enjuiciamiento Civil deja claro que el salario mínimo interprofesional es intocable, incluso frente a Hacienda.