Los jubilados que cobran una pensión no contributiva en Catalunya pueden solicitar una prestación complementaria de hasta 119,67 euros mensuales. La Generalitat mantiene este apoyo para personas con recursos limitados que cumplen los requisitos establecidos. La cantidad no es idéntica para todos: depende de los ingresos personales del beneficiario. Por eso, cobrar una pensión no contributiva permite comprobar si se tiene derecho, pero no garantiza recibir automáticamente el importe máximo.
En este sentido, la prestación también está dirigida a quienes perciben una pensión no contributiva de incapacidad. El requisito de partida es tener reconocida esa pensión y residir legalmente en Catalunya. Además, la persona solicitante no debe trabajar ni realizar ninguna actividad laboral. El complemento busca reforzar los ingresos de quienes no pueden incorporarse al mercado de trabajo y necesitan una protección económica adicional.
La cantidad depende de los ingresos del pensionista
Para 2026, la documentación oficial fija un límite de rentas anuales computables de 1.436,04 euros para esta prestación complementaria. La administración debe revisar la situación económica y determinar qué cantidad corresponde en cada caso. Los 119,67 euros representan el máximo mensual, de modo que una persona puede recibir una cuantía inferior. Conviene distinguir ese límite específico de los requisitos económicos que permiten acceder a la propia pensión no contributiva.
De esta manera, antes de contar con el ingreso es necesario comprobar también las condiciones de alojamiento. No pueden solicitarlo quienes utilizan un servicio de acogida residencial, sanitario o de naturaleza similar, ni quienes están en un centro penitenciario en régimen ordinario o cerrado. La información del trámite precisa, en cambio, que las personas que viven en viviendas tuteladas sí pueden pedir esta prestación.
Se puede solicitar durante todo el año
La solicitud está abierta en cualquier momento y el trámite es gratuito. La ficha de Tràmits Gencat reúne las condiciones para pedirla y el Departament de Drets Socials i Inclusió ofrece información en sus oficinas de atención ciudadana. Revisar la resolución de la pensión y los ingresos personales permite preparar la consulta y aclarar si corresponde presentar la petición para que la administración valore el derecho.
Así pues, los pensionistas que todavía no reciben este complemento pueden revisar si reúnen las condiciones para solicitarlo. Una vez reconocido, deben comunicar los cambios que puedan modificar, suspender o extinguir la prestación dentro del mes siguiente a producirse, aportando la documentación correspondiente. Mantener actualizada la información resulta necesario para que el importe siga ajustándose a su situación y evitar cobros que posteriormente deban regularizarse.
