El abogado José María Páez ha puesto sobre la mesa una advertencia que muchos compradores desconocen: al adquirir una vivienda, puedes acabar respondiendo de ciertas deudas del anterior propietario. La realidad es que no se trata de todos los casos, pero sí de situaciones concretas que están reguladas por la ley.
Y es que el concepto clave es la llamada afección real. Esto significa que determinados impuestos no se vinculan solo a la persona que los genera, sino también al propio inmueble. En consecuencia, la deuda viaja con la vivienda y puede recaer sobre el nuevo propietario.
Qué deudas pueden afectarte al comprar
Cuando pasan estas cosas,el caso más habitual es el del IBI. Según la normativa, el comprador responde del IBI del año en curso y también del año anterior, aunque no haya sido quien generó esa deuda. De este modo, la administración puede reclamar directamente al nuevo propietario esas cantidades pendientes sin necesidad de demostrar previamente que el vendedor no puede pagarlas.
@josemariapaez Cada piso de segunda mano lleva una nota de afección fiscal. La mayoría la ignora. Algunos ni saben que existe. El Tribunal Supremo acaba de fijar doctrina: aunque la nota haya caducado, si compraste mientras estaba activa, Hacienda puede reclamarte. ITP, Sucesiones. Da igual el impuesto. La lógica es la misma. Pide siempre la autoliquidación acreditada antes de firmar. #AlertaInmo #ComprarPiso #FiscalidadInmobiliaria
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Además, existen otros supuestos. Algunas tasas municipales vinculadas al inmueble, como la de basuras, también pueden trasladarse al nuevo titular si están asociadas a la propiedad. Otro punto importante son las deudas con la comunidad de propietarios. Aunque no dependen de Hacienda, también se “heredan”: el comprador responde del año en curso y de los tres años anteriores.
Cómo evitar problemas antes de comprar
La realidad es que este riesgo se puede controlar con una revisión previa adecuada. Antes de firmar, es fundamental solicitar justificantes de pago del IBI y de otras tasas municipales. De hecho también es obligatorio pedir un certificado de deudas a la comunidad de propietarios. Este documento acredita si el inmueble está al corriente de pago o si existen cantidades pendientes. En algunos casos, incluso se puede incluir una cláusula en el contrato para proteger al comprador frente a posibles deudas ocultas.
Además, conviene revisar la información registral y, si es necesario, contar con asesoramiento profesional para evitar sorpresas. Así pues, comprar una vivienda no solo implica pagar el precio acordado. También requiere comprobar que no arrastra cargas económicas. La advertencia de José María Páez no es alarmista, sino preventiva: conocer estos detalles es clave para evitar asumir deudas que no te corresponden.