La Agencia Tributaria tiene un plazo máximo de seis meses para efectuar las devoluciones del IRPF. En la práctica, este límite se cumple el 31 de diciembre del año en que presentaste la declaración de la renta. Si no se ingresa el dinero antes de esa fecha, el contribuyente tiene derecho a reclamar la devolución pendiente y a exigir los intereses de demora generados por el retraso en la entrega de la cantidad estipulada. Esto asegura que, aunque el pago se retrase, el dinero no se pierde y la Administración sigue obligada a abonarlo incluyendo lo que se haya generado en cuanto a intereses.

Los intereses de demora comienzan a contarse desde el 1 de enero del año siguiente y se aplican sobre el importe de la devolución que no se haya pagado en plazo. Es un mecanismo que protege al ciudadano frente a posibles retrasos de Hacienda y compensa la espera por un dinero que legalmente le corresponde. Aunque el retraso sea por causas internas de la Agencia Tributaria, los contribuyentes no pierden el derecho a cobrar lo que les pertoca.

Pasos a seguir si Hacienda no cumple

Si la devolución no se ha recibido antes del 31 de diciembre, es posible iniciar una reclamación. La ley establece que Hacienda debe abonar la cantidad pendiente y sumar los intereses de demora, que servirán para compensar económicamente al contribuyente por el retraso. Por tanto, cualquier ciudadano al que Hacienda la deba dinero tiene derecho a reclamar lo que es suyo cuando debe recibirlo.

HACIENDA

Los retrasos en las devoluciones suelen deberse a comprobaciones adicionales, errores en los datos fiscales, revisiones manuales o acumulación de expedientes. Ninguna de estas razones libera a la Administración de su obligación de pagar a tiempo ni de incluir los intereses correspondientes. El contribuyente puede presentar la reclamación de manera directa, indicando la declaración afectada y los datos personales, y la Agencia Tributaria está obligada a tramitarla.

Derechos y seguridad para el contribuyente

Presentar la reclamación garantiza que Hacienda cumpla con su obligación de pago y que los intereses de demora se calculen correctamente desde el 1 de enero. Esto refuerza la seguridad jurídica del ciudadano y asegura que no se vea perjudicado económicamente por retrasos en el cumplimiento de la Administración. Además, la devolución no caduca aunque se retrase, por lo que siempre es posible reclamarla.

Así pues, Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre para efectuar las devoluciones del IRPF. Si no lo hace, los ciudadanos pueden reclamar y exigir intereses de demora. Este sistema protege los derechos del contribuyente frente a posibles demoras y establece un límite claro para la Administración a la hora de pagar.