La DGT vuelve a poner el foco en las bicicletas eléctricas y en un detalle que muchos usuarios todavía confunden, ya que no todas tienen la misma consideración legal. Las bicicletas de pedaleo asistido normales, las conocidas como EPAC, pueden circular como bicicletas siempre que la asistencia del motor se corte al dejar de pedalear o al alcanzar los 25 km/h y que la potencia no supere los 250 W. En cambio, cuando una e-bike supera esos límites o ha sido deslimitada, deja de jugar con las mismas reglas.
El cambio afecta especialmente a quienes utilizan bicicletas eléctricas modificadas, más potentes o capaces de funcionar como ciclomotores mientras siguen. La fecha que se está manejando como punto clave es el 1 de enero de 2027, cuando el control sobre este tipo de vehículos será mucho más estricto dentro del marco europeo y español.
No afecta a todas las bicicletas eléctricas
La realidad es que una bicicleta eléctrica legal no tiene por qué matricularse ni contratar seguro obligatorio ni utilizarse como un ciclomotor. La DGT ya aclaró que las EPAC quedan fuera de la categoría L del Reglamento europeo 168/2013 y se equiparan a una bicicleta convencional.

El problema aparece con las bicicletas deslimitadas o con motores que superan los parámetros permitidos. Si la asistencia sigue funcionando por encima de 25 km/h, si el motor supera los 250 W o si el vehículo funciona sin pedaleo real, la consideración cambia. En ese caso, ya no se trataría de una simple bicicleta eléctrica, sino de un vehículo que puede entrar en categorías próximas al ciclomotor.
Arcén, carril bici y zonas 30, bajo vigilancia
Eso significa que estos vehículos no deberían utilizar los espacios pensados para bicicletas convencionales como si nada hubiera cambiado. La circulación por arcén o carril bici puede dejar de estar permitida si el vehículo no cumple la homologación correspondiente. Además, al considerarse ciclomotor o ciclo de motor, pueden entrar en juego obligaciones como matrícula, casco, permiso, seguro y circulación por calzada según corresponda.
Así pues, la clave no está en que la DGT vaya contra las bicicletas eléctricas, sino contra las bicicletas eléctricas trucadas o no homologadas. Quien use una e-bike legal, limitada a 25 km/h y 250 W, seguirá circulando como hasta ahora. Quien haya deslimitado el vehículo o use una bicicleta que funciona como ciclomotor tendrá que adaptarse a una normativa mucho más exigente.